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C5N aún adeuda aguinaldos y advierte a sus empleados con aplicar la Ley Bases si protestan: «La doble moral de Indalo Media»

El canal de noticias no ha completado el pago del medio aguinaldo correspondiente a diciembre. En este contexto, envió un comunicado intimidatorio a sus trabajadores, avisando que apelará a la Ley Bases para descontar parte de sus salarios si deciden llevar adelante una huelga. «La doble moral de Indalo Media», denunció el Sindicato de Televisión.

C5N, reconocido canal de noticias, aún no ha terminado de abonar el medio aguinaldo de diciembre a sus empleados. El pago fue fraccionado en tres partes y la última de ellas está programada para mediados de enero de 2025, sin haberse cumplido hasta la fecha.

Ante esta situación, los empleados, nucleados en el Sindicato de Televisión (SATSAID), han realizado varias manifestaciones para exigir que el pago se realice conforme a la normativa vigente. Sin embargo, la gerencia de la emisora respondió con una comunicación que busca frenar las protestas.

«Mientras desde C5N y sus demás medios critican las políticas de ajuste impulsadas por el gobierno de Javier Milei, erigiéndose como opositores acérrimos», publicó el gremio en redes sociales para exponer la postura contradictoria del canal.

El mensaje continuó: «Cuando se trata de sus propios intereses, la empresa no duda en escudarse en la Ley Bases para presionar a los trabajadores que reclaman, únicamente, por el aguinaldo que les corresponde».

El documento enviado por Indalo Media, que desde el SATSAID calificaron como «La doble moral de Indalo Media», argumenta que la empresa atraviesa un momento crítico, al igual que la «industria en general y C5N en particular». Aunque reconoce «la preocupación» de sus empleados, también advierte sobre la aplicación de la Ley Bases para sancionar cualquier medida de fuerza.

El texto afirma: «Hasta ahora hemos actuado con flexibilidad, tratando de equilibrar las exigencias con las reuniones informativas y las asambleas solicitadas. A partir de este momento, la empresa procederá según lo expuesto, siguiendo el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos fallos relacionados con el impacto salarial de las abstenciones colectivas de trabajar, en línea con el artículo 62 de la Ley 27.742».

La Nueva Comuna

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