Los ingresos de las empresas prestadoras no se alteran: la diferencia es que los usuarios pasan a pagar el costo pleno de la factura. El Gobierno decidió acelerar la quita de subsidios a las tarifas de energía en el marco de la urgencia por profundizar el ajuste sobre el gasto público, una estrategia que vuelve a cargar el peso del recorte sobre los hogares mientras mantiene intactos los márgenes del sector concentrado.
Tras formalizar el cierre de la consulta pública orientada a modificar el esquema de asistencia en los servicios públicos, el Ejecutivo dejó despejado el camino para la implementación del nuevo sistema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). El proceso de participación ciudadana concluyó a las 0:00 del 20 de diciembre de 2025, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 592/2025. Durante quince días hábiles, la autoridad de aplicación recibió aportes de usuarios, empresas distribuidoras, entes reguladores y asociaciones de consumidores.
La iniciativa prevé una readecuación de los precios de referencia del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), del gas propano y del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST). Entre los criterios técnicos definidos se incluyen una bonificación transitoria, que consistirá en un descuento excepcional durante 2026; la Canasta Básica Energética (CBE), a partir de la cual se calculará el subsidio según un bloque de consumo esencial determinado por la zona bioclimática; y un criterio de ingresos, por el cual el Estado cubrirá el excedente cuando el costo de esa canasta supere un porcentaje específico del ingreso total del grupo familiar.
El esquema incorpora además un análisis patrimonial, mediante cruces de información sobre titularidad de inmuebles, posesión de vehículos con menos de diez años de antigüedad, contratación de medicina prepaga y consumos en moneda extranjera, con el objetivo de definir la elegibilidad al beneficio.
Durante la consulta pública, las presentaciones se concentraron principalmente en los topes de consumo subsidiado según región geográfica y en el reclamo de las asociaciones de consumidores para que se habiliten mecanismos presenciales de inscripción, a fin de evitar la exclusión de hogares sin acceso a herramientas digitales.
Mientras la autoridad de aplicación fundamentó los cambios en la necesidad de alinear las tarifas con los costos reales de abastecimiento, los ingresos de las empresas proveedoras no sufren modificaciones: lo que se transforma es la distribución del pago, que pasa del Estado a los usuarios, quienes ahora asumen la totalidad de la tarifa.
Concluida esta etapa, el Poder Ejecutivo Nacional recibió los informes y evaluaciones técnicas que habilitan el avance hacia la reestructuración definitiva del régimen de subsidios, marcando el cierre del período de transición vigente. En adelante, el beneficio quedará limitado a hogares con ingresos mensuales inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT), según los valores del Indec. A precios de diciembre de 2025, ese umbral se ubica en 3.640.000 pesos.
En comparación con el esquema anterior, que contemplaba ingresos de hasta 3,5 CBT, la nueva normativa reduce el margen y deja fuera del subsidio a sectores que antes eran considerados de ingresos medios (Nivel 3). El criterio no se limita al ingreso total, sino que incorpora el peso relativo del gasto energético dentro del presupuesto familiar. El Estado interviene únicamente cuando el costo de la Canasta Básica Energética —definida por el consumo mínimo indispensable según la región— supera entre el 10 y el 15 por ciento de los ingresos del hogar, cubriendo solo esa diferencia.
Quedan excluidos del subsidio, sin importar el nivel de ingresos declarado, los hogares en los que alguno de sus integrantes posea un vehículo de menos de diez años, sea titular de dos o más inmuebles, cuente con bienes suntuarios o abone medicina prepaga por fuera del empleo formal.
Finalmente, el nuevo esquema elimina las categorías N1, N2 y N3 y establece una clasificación binaria: “hogares con subsidio” y “hogares sin subsidio”.
Con información de Página 12
Publicado en lanuevacomuna.com