Corría el año 2015, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner culminaba su segundo mandato y estaba en campaña el candidato Daniel Scioli. Desde los medios hegemónicos se había desatado una guerra de demonización contra la figura de la presidenta y del gobierno en general.
En este artículo se repasa lo publicado originalmente en el diario La Nación el día 17 de abril de 2015, comprobando una vez más que la historia es una herramienta para estructurar el presente. Y el futuro, por qué no.
En el citado artículo se hace una reseña de lo que indica la Constitución Nacional respecto de la posibilidad de un juicio político al primer magistrado de la Nación. En aquel momento el artículo de La Nación estaba pensado para Cristina pero la legislación sigue vigente. Los pasos de este proceso se detallan a continuación:
Presentación de la solicitud por cualquier ciudadano
Cualquier habitante tiene el derecho de presentar una solicitud de juicio político ante la Cámara de Diputados. Esta solicitud debe detallar los presuntos delitos cometidos por el mandatario o funcionario público, como corrupción administrativa o malversación de fondos.
Evaluación por parte de la Cámara de Diputados
El presidente de la Cámara de Diputados decide si la solicitud merece ser considerada y sometida a votación por los legisladores o si debe archivarse. Desde 2010, se han presentado 24 solicitudes de juicio político, ninguna de las cuales ha prosperado.

Votación en la Cámara de Diputados
Para que la solicitud de juicio político avance, se requiere una mayoría cualificada de dos tercios de los diputados presentes en la Cámara baja, lo que equivale a al menos 342 votos afirmativos.
Inicio de la investigación por parte del Senado
Si la solicitud obtiene el respaldo necesario en la Cámara de Diputados, el Senado asume la responsabilidad de llevar a cabo una investigación exhaustiva que puede extenderse hasta por 180 días. Durante este período, el presidente enjuiciado debe abandonar su cargo y el vicepresidente asume sus funciones.
Votación en el Senado sobre el juicio político
El Senado, presidido por el presidente del Supremo Tribunal Federal, vota sobre la viabilidad del juicio político. Para que el proceso avance, se requiere nuevamente una mayoría calificada de dos tercios de los senadores presentes.
Consecuencias de la votación en el Senado
Si el Senado aprueba el juicio político, el presidente enjuiciado será destituido de su cargo de forma definitiva y podría enfrentar una inhabilitación para ejercer cargos públicos durante ocho años, como sucedió en el caso del ex presidente Fernando Collor de Melo en 1992.

Elecciones y sucesión presidencial
Si el juicio político se lleva a cabo durante los primeros dos años del mandato presidencial y resulta en la destitución del presidente, se convocarán nuevas elecciones. Si ocurre después de ese período, se realizarán elecciones indirectas mediante el voto parlamentario, y el presidente de la Cámara baja asumirá el cargo.
Alfredo Barros / LANUEVACOMUNA.COM