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EN BAHIA BLANCA RECHAZARON FORMAR COMISION INVESTIGADORA

El FpV, en Bahía Blanca, cuida a Breitenstein

Los concejales del FpV de Bahía Blanca se negaron a tratar la creación de una Comisión Investigadora que analice la conducta y evalúe las posibles negligencias en el Coprotur y Altec, durante la gestión del intendente, en uso se licencia, Cristian Breitenstein y la concejal Soledad Espina
El proyecto, que fue presentado por los bloques de Integración Ciudadana y la UCR para ser tratado sobre tablas pero el oficialismo no lo votó, solicita la creación de la Comisión Investigadora prevista por la Ley Orgánica de las Municipalidades a los fines de analizar la conducta y evaluar las posibles negligencias reiteradas que la califiquen de grave en el ejercicio de sus funciones lesivas al interés patrimonial del municipio del Intendente Municipal Cristian Breitenstein. 
Las mismas están relacionadas con la utilización del Coprotur, destinando recursos públicos sin control con propósitos ajenos al ente, a través del otorgamiento de subsidios y la falta de convalidación del contrato firmado entre el Municipio y la firma Alta Tecnología SE (ALTEC SE).
La Comisión Investigadora analizaría, también, la conducta de la concejal Soledad Espina, en los términos del artículo 255 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y evaluará las negligencias reiteradas que se califican de graves relacionadas con el funcionamiento del Coprotur indicado en el artículo anterior, en cuanto a su intervención como tesorera del ente.
La Comisión está compuesta por nueve (9) miembros, conforme a la siguiente composición: 3 del bloque Frente para la Victoria, 2 concejales del bloque Integración Ciudadana, 1 concejal del bloque Unión Cívica Radical, 1 concejal del bloque PRO, 1 concejal del bloque UDESO y 1 concejal del bloque Frente Amplio Progresista.
Allí delegan en el Presidente del Concejo Deliberante la designación de los miembros de la comisión, mediante Decreto de la Presidencia, a cuyo efecto los titulares de los respectivos bloques deberán proponer los nombres de los integrantes que los represente en la Comisión.
Se establece un plazo de siete días a contar de la sanción del presente Decreto para que los presidentes de bloques propongan los nombres correspondientes; vencido dicho plazo el titular del Concejo Deliberante queda facultado para designarlos, respetando la composición numérica establecida en el artículo 3º.
A los fines del cómputo de los plazos previstos en el artículo 249º de la Ley Orgánica de las Municipalidades se entenderá que la comisión estará integrada una vez dictado el Decreto de Presidencia con la designación de los concejales que actuarán en la misma.

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