El Ministerio de Economía reglamentó el nuevo esquema de subsidios y fijó criterios patrimoniales que permitirán dejar fuera del beneficio a hogares que, aun así, cumplan con el límite de ingresos.
El Ministerio de Economía puso en marcha el nuevo Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y estableció una serie de parámetros patrimoniales que determinarán la exclusión de determinados hogares del beneficio. La medida podrá aplicarse incluso cuando los ingresos declarados se encuentren por debajo del tope fijado por la normativa.
La decisión del gobierno de Javier Milei quedó oficializada mediante la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada este martes en el Boletín Oficial. La norma aprueba los indicadores de “exteriorización patrimonial y de manifestación de capacidad económica” que se utilizarán para evaluar y resolver las solicitudes de subsidios.
Según se detalla en los considerandos, la exclusión podrá disponerse “independientemente del nivel de ingresos registrados o declarados” cuando se detecten activos que permitan “presumir capacidad de pago”, lo que “justificará el rechazo o la exclusión del beneficio”.
Los criterios de exclusión
El anexo que acompaña la disposición enumera de manera precisa los supuestos en los que un hogar quedará fuera del esquema de subsidios energéticos. Entre ellos, se incluyen aquellos hogares cuyos integrantes posean “al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años”. Este criterio no se aplicará cuando alguno de los miembros sea titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
También serán excluidos los hogares cuyos integrantes posean “en conjunto, tres o más inmuebles”. La normativa contempla además la tenencia de bienes considerados de alto valor, como “una embarcación de lujo” o “una aeronave”, cuya posesión por parte de al menos un integrante del hogar implicará la pérdida del subsidio.
Otro de los parámetros incorporados es la participación en sociedades. La disposición establece la exclusión de “hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios”.
Control cruzado de datos
Para la implementación de estos criterios, el Estado realizará cruces de información con distintas bases de datos oficiales. Según precisa la disposición, se utilizarán datos del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), herramientas de georreferenciación y otros registros administrativos, con el objetivo de definir la admisión, el rechazo o la exclusión del beneficio.
El régimen SEF fue creado por el Decreto 943/2025, que unificó los subsidios nacionales a la electricidad, el gas natural, el gas por redes y el GLP en garrafas. El decreto fijó como criterio general de acceso ingresos familiares netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según el INDEC. La nueva disposición complementa ese marco al precisar qué hogares quedarán excluidos en función de su situación patrimonial.
Con la puesta en marcha del nuevo esquema, quienes perciban subsidios para el pago de la luz y el gas quedarán incorporados al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). La inscripción será obligatoria para mantener el beneficio y deberá realizarse mediante un formulario digital con carácter de declaración jurada.
Con información de El Destape
Publicado en lanuevacomuna.com