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Comenzó la veda electoral por las elecciones legislativas 2025: qué está prohibido hacer en Argentina

La cuenta regresiva hacia las elecciones legislativas 2025 ya está en marcha. Desde las 8 de la mañana de este viernes comenzó oficialmente la veda electoral, el período de restricción previsto por el Código Nacional Electoral (CNE) para garantizar que los comicios se desarrollen con normalidad y sin presiones externas sobre los votantes.

Más de 36 millones de argentinos están habilitados para sufragar este domingo 26 de octubre, cuando el país elija a sus nuevos representantes en el Congreso Nacional.

Qué es la veda electoral y cuándo comienza

El Código Nacional Electoral establece que la campaña política debe finalizar 48 horas antes de la apertura de los comicios. Desde ese momento, rige la llamada veda electoral, que se extenderá hasta las 21 horas del domingo, es decir, tres horas después de cerradas las urnas.

Durante este período, los partidos, los candidatos y la ciudadanía deben respetar una serie de restricciones que buscan preservar la libertad de decisión del votante y la transparencia del proceso electoral.

Qué está prohibido durante la veda electoral

El artículo 71 del Código Nacional Electoral establece de manera precisa las actividades que quedan prohibidas durante la veda:

Realizar actos públicos de proselitismo.

Publicar o difundir encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.

Abrir locales partidarios en el mismo radio de 80 metros.

Portar armas o distintivos partidarios desde 12 horas antes del inicio del comicio y hasta tres horas después de su finalización.

Realizar reuniones de electores o depositar armas en inmuebles ubicados dentro de 80 metros de una mesa de votación.

Organizar espectáculos públicos, fiestas teatrales, deportivas o reuniones masivas ajenas al acto electoral.

Vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 21.

También se prohíbe cualquier tipo de manifestación pública que pueda interpretarse como propaganda política o intento de influir en la voluntad del electorado.

Qué sanciones prevé la ley para quienes incumplan

Las sanciones por violar la veda electoral están contempladas en el Capítulo II del Código Nacional Electoral.
Las penas van desde multas económicas hasta penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Quienes organicen o participen en reuniones electorales a menos de 80 metros de los lugares de votación pueden recibir de 15 días a 6 meses de prisión.

El propietario de un inmueble utilizado como depósito de armas puede ser condenado a 3 meses a 2 años de prisión.

Los organizadores de espectáculos públicos o quienes vendan bebidas alcohólicas durante la veda pueden recibir de 15 días a 6 meses de prisión.

Además, quien induzca a otra persona a votar o abstenerse de hacerlo mediante engaños puede enfrentar penas de 2 meses a 2 años de cárcel.

Por último, la portación de armas o símbolos partidarios durante el período prohibido se castiga con multas de hasta $500 o arrestos de hasta 15 días.

Por qué existe la veda electoral

La veda electoral tiene una finalidad clara: garantizar un período de reflexión ciudadana antes de ejercer el derecho al voto.
Según explicó Alejandro Tullio, exdirector de la Dirección Nacional Electoral y especialista en derecho electoral, este período permite que “la ciudadanía analice su voto sin el estímulo del bombardeo informativo o publicitario propio de la campaña”.

“El sufragio es un derecho individual que genera una consecuencia colectiva”, recordó Tullio, al destacar que el silencio previo a la votación favorece una decisión libre y racional.

Por su parte, el investigador del CONICET, Miguel De Luca, señaló que muchas de las restricciones tienen también una finalidad preventiva: evitar conflictos entre simpatizantes y preservar la seguridad en los lugares de votación.
De Luca recordó, además, un antecedente histórico: “En otras épocas, la venta de bebidas alcohólicas era utilizada para impedir que ciertos sectores de la población acudieran a votar”.

Una jornada clave para la democracia

Las elecciones legislativas del próximo domingo pondrán a prueba una vez más el compromiso democrático de los argentinos.
Con la veda ya en marcha, la atención se centra en el desarrollo pacífico y transparente del proceso electoral, en el que la ciudadanía tendrá la oportunidad de expresar su voluntad soberana en las urnas.

El silencio de la veda no implica desinterés, sino respeto por el derecho a elegir sin presiones.

Comenzó la veda electoral por las elecciones legislativas 2025: qué está prohibido hacer en Argentina

La cuenta regresiva hacia las elecciones legislativas 2025 ya está en marcha. Desde las 8 de la mañana de este viernes comenzó oficialmente la veda electoral, el período de restricción previsto por el Código Nacional Electoral (CNE) para garantizar que los comicios se desarrollen con normalidad y sin presiones externas sobre los votantes.

Más de 36 millones de argentinos están habilitados para sufragar este domingo 26 de octubre, cuando el país elija a sus nuevos representantes en el Congreso Nacional.

Qué es la veda electoral y cuándo comienza

El Código Nacional Electoral establece que la campaña política debe finalizar 48 horas antes de la apertura de los comicios. Desde ese momento, rige la llamada veda electoral, que se extenderá hasta las 21 horas del domingo, es decir, tres horas después de cerradas las urnas.

Durante este período, los partidos, los candidatos y la ciudadanía deben respetar una serie de restricciones que buscan preservar la libertad de decisión del votante y la transparencia del proceso electoral.

Qué está prohibido durante la veda electoral

El artículo 71 del Código Nacional Electoral establece de manera precisa las actividades que quedan prohibidas durante la veda:

Realizar actos públicos de proselitismo.

Publicar o difundir encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.

Abrir locales partidarios en el mismo radio de 80 metros.

Portar armas o distintivos partidarios desde 12 horas antes del inicio del comicio y hasta tres horas después de su finalización.

Realizar reuniones de electores o depositar armas en inmuebles ubicados dentro de 80 metros de una mesa de votación.

Organizar espectáculos públicos, fiestas teatrales, deportivas o reuniones masivas ajenas al acto electoral.

Vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 21.

También se prohíbe cualquier tipo de manifestación pública que pueda interpretarse como propaganda política o intento de influir en la voluntad del electorado.

Qué sanciones prevé la ley para quienes incumplan

Las sanciones por violar la veda electoral están contempladas en el Capítulo II del Código Nacional Electoral.
Las penas van desde multas económicas hasta penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Quienes organicen o participen en reuniones electorales a menos de 80 metros de los lugares de votación pueden recibir de 15 días a 6 meses de prisión.

El propietario de un inmueble utilizado como depósito de armas puede ser condenado a 3 meses a 2 años de prisión.

Los organizadores de espectáculos públicos o quienes vendan bebidas alcohólicas durante la veda pueden recibir de 15 días a 6 meses de prisión.

Además, quien induzca a otra persona a votar o abstenerse de hacerlo mediante engaños puede enfrentar penas de 2 meses a 2 años de cárcel.

Por último, la portación de armas o símbolos partidarios durante el período prohibido se castiga con multas de hasta $500 o arrestos de hasta 15 días.

Por qué existe la veda electoral

La veda electoral tiene una finalidad clara: garantizar un período de reflexión ciudadana antes de ejercer el derecho al voto.
Según explicó Alejandro Tullio, exdirector de la Dirección Nacional Electoral y especialista en derecho electoral, este período permite que “la ciudadanía analice su voto sin el estímulo del bombardeo informativo o publicitario propio de la campaña”.

“El sufragio es un derecho individual que genera una consecuencia colectiva”, recordó Tullio, al destacar que el silencio previo a la votación favorece una decisión libre y racional.

Por su parte, el investigador del CONICET, Miguel De Luca, señaló que muchas de las restricciones tienen también una finalidad preventiva: evitar conflictos entre simpatizantes y preservar la seguridad en los lugares de votación.
De Luca recordó, además, un antecedente histórico: “En otras épocas, la venta de bebidas alcohólicas era utilizada para impedir que ciertos sectores de la población acudieran a votar”.

Una jornada clave para la democracia

Las elecciones legislativas del próximo domingo pondrán a prueba una vez más el compromiso democrático de los argentinos.
Con la veda ya en marcha, la atención se centra en el desarrollo pacífico y transparente del proceso electoral, en el que la ciudadanía tendrá la oportunidad de expresar su voluntad soberana en las urnas.

El silencio de la veda no implica desinterés, sino respeto por el derecho a elegir sin presiones.

La Nueva Comuna

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