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EMPLEADOS DE COMERCIO: QUÉ ES EL PERÍODO DE PRUEBA

El período de prueba en los mercantiles
El período de prueba dura tres meses, NO MÁS, cumple la finalidad de apreciar las aptitudes y destrezas que ostenta el trabajador para cubrir el puesto de trabajo y para el dependiente si el empleo resulta de su conveniencia.
Una vez transcurridos los tres meses, el trabajador queda efectivo. 
En el contrato a prueba existen las mismas obligaciones para el empleador que para el trabajador efectivo, por ejemplo, depositar los aportes u contribuciones, etc. Y los mismos derechos para el trabajador.
El empleador que contrata a prueba puede rescindir el contrato sin causa y sin indemnización por antigüedad, pero tiene que preavisar por medio escrito y fehacientemente con quince días de anticipación. Si no lo hace deberá pagar el preaviso. El trabajador también puede rescindir el contrato sin causa.
El empleador no puede contratar al mismo trabajador más de una vez ni tampoco puede usar el contrato a prueba sucesivamente con distintos trabajadores para cubrir el mismo puesto de trabajo.
No es aplicable el contrato a prueba para el trabajador de temporada.

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