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LA AFIP REFORZARÁ EL CONTROL SOBRE EL CONSUMO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO

LA AFIP REFORZARÁ EL CONTROL  SOBRE EL CONSUMO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO

Buscará, de esta manera, poseer un mayor diagnóstico sobre la compra de dólares y la fuga de divisas hacia el exterior.

Durante el mes de Septiembre vencerán dos obligaciones que deben cumplir los monotributistas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La primera de ellas es la recategorización cuatrimestral, que consiste en actualizar la situación tributaria. La segunda es el régimen de información que abarca a las categorías más altas del régimen simplificado y bajo el cual los contribuyentes deberán informar sobre los consumos y gastos realizados durante el segundo cuatrimestre del año.

Durante ambos procesos, los datos declarados son confrontados con indicadores de la situación fiscal de los monotributistas almacenados en la base de la AFIP, como los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.

En este contexto, el fisco nacional tomó la decisión de avanzar sobre aquellos que hayan realizado salidas al exterior o comprado divisas en los últimos meses, por lo cual los viajes y gastos realizados fuera del país y la compra de dólares serán tenidos particularmente en cuenta en la próxima recategorización.

Idéntica situación se dará respecto de los consumos con tarjeta de crédito y movimientos bancarios. Las autoridades tributarias confrontarán los datos recabados e intimarán a quienes presenten inconsistencias.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, busca de este modo reforzar la avanzada para la cual ya destinó más de un centenar de inspectores del organismo de recaudación: controlar las compras que se realizan a través de Internet, tanto en el país como en el exterior. Fortalecer el control fiscal sobre las páginas de compra online apunta a frenar una parte de la fuga de dólares que se registra a diario.

La mira en los plásticos


El nuevo régimen de tarjetas de crédito le permitirá a la AFIP seguir al minuto las compras realizadas por los contribuyentes a través de este medio de pago.

Según la reglamentación, las entidades emisoras de las tarjetas deberán informar mensualmente de manera online los datos vinculados con las operaciones realizadas por esta vía.

Dichos datos comprenden los vendedores, locadores y prestadores de servicios adheridos al sistema, las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de plásticos de crédito y débito y la emisión de nuevas tarjetas generadas tanto aquí como en el exterior.

La AFIP tendrá también un acceso total a la información sobre los locales y comercios adheridos a la red y a aquella correspondiente a los titulares de las tarjetas de crédito y débito emitidas en el país.

Por lo tanto, el órgano fiscal estará en condiciones de llevar adelante un rastreo minuto a minuto de los gastos de cada ciudadano y, a partir de su análisis, actuar en consecuencia.

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