ACTUALIDAD

CASO BARAGIOLA: LA JUSTICIA DESESTIMO LA PRUEBA DEL VIDEO Y ARCHIVO LA CAUSA



Caso Baragiola: los detalles de la decisión de la Justicia


La Fiscalía de Delitos Económicos confirmó que es «imposible» determinar si en la reunión entre Vilma Baragiola y Eva Moyano se cometió un delito. Enterate los pormenores de la resolución judicial. Por: Mariano Suárez

La principal polémica estalló cuando 0223 difundió el video de la reunión entre Baragiola y Moyano. Allí se escuchan frases como “las campañas valen plata” y “lo que les vamos a pedir es que nos presenten gente”. También se habló de la estrategia para que el expediente salga aprobado y hasta la propia Vilma dio detalles de su método para que los proyectos más difíciles saliesen aprobados.

La resolución de la Fiscalía hizo especial hincapié a este material que aportaron desde el gremio. En primer término busca determinar si la grabación (no se habla de cámara oculta) viola o no principios constitucionales, teniendo en cuenta que fue obtenida sin consentimiento de Baragiola ni orden judicial. Sobre este punto la resolución es contundente: “Los registros audiovisuales superan el test de constitucionalidad vinculado al derecho a la intimidad”. Para los fiscales, la concejal de la UCR fue a esa reunión por voluntad propia y al tratarse de una figura pública el video hubiese podido ser una prueba válida. Sin embargo, fue descartado.

El motivo por el cual no se tomó en cuenta como prueba es que hubiese servido en caso de que la parte que lo grabó hubiese denunciado ser víctima de algún delito. Pero no es este el caso. “Los propios integrantes del Sindicato de Camioneros han refutado su rol de víctimas de un delito”, advirtieron los investigadores.

A pesar de no haberlo tomado como una prueba válida, los fiscales abordaron el tema de la legitimidad del material. En ningún momento hablan en la resolución de “video malintencionado” o algo similar, tal como repitieron una y otra vez desde el radicalismo. Incluso, afirman que los cortes no pueden achacarse a “manipulaciones indebidas”, dado que los peritos no pudieron precisar si la cámara se apagó por su cuenta, si alguien la cortó o por qué se entregaron seis archivos distintos a la Justicia y no uno con el video entero. No obstante, sí remarcaron que esa falta de continuidad impide que se asegure el “carácter fidedigno” del video y por ende “no posee eficacia probatoria”.

Deja un comentario


Soporte Wordpress por Efemosse y Alipso