Así es la «ley Google» que permitiría denunciar al que habla mal de vos en internet
Avanza un consenso en la Argentina hacia limitar la responsabilidad civil de los proveedores de servicios. Sin embargo, la forma de notificarlos sobre eventuales daños genera fuertes debates.
Internet es obviamente útil pero también sirve para vehiculizar toda clase de daños. Y, como en cualquier otro ámbito, quien se sienta vulnerado en la red puede solicitar medidas de reparación. Con una diferencia: en el mundo online es cada vez más frecuente no reclamar a la persona, muchas veces ignota o insolvente, que efectivamente subió contenidos objetables, sino a las plataformas donde éstos aparecieron. Por ejemplo, demandar a Google si en una búsqueda aparece el nombre de una modelo en relación con pornografía, a un ISP si su red se utilizó para subir copias no autorizadas de obras culturales, o a MercadoLibre si uno de sus usuarios vende mercadería falsificada, entre muchos ejemplos posibles.
Pero, ¿hasta qué punto puede hacerse responsable a este tipo de proveedores por esta clase de situaciones? ¿Cómo puede una empresa de internet operar con una variedad tan amplia e impredecible de contingencias por contenidos que no generó, en especial habiendo jurisprudencia contradictoria?
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Por ejemplo, en 2015, en segunda instancia, la Justicia determinó que Taringa no incurrió en dolo por una publicación no autorizada de obras de Borges, en el entendimiento de que los intermediarios de internet no pueden ser considerados responsables a priori por el contenido compartido por los usuarios. En 2014, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictaminó en el fallo María Belén Rodríguez contra Google que los proveedores de servicios de internet no deben ser responsables de lo que hagan sus usuarios, salvo que no cumplan con orden de juez competente, y recomendó al Poder Legislativo dictar una norma que así lo aclarase.
Es decir: el debate por la llamada “responsabilidad de los intermediarios de internet” no es nuevo en la Argentina. Sin embargo, se ha recrudecido últimamente con la posible sanción de un proyecto de ley iniciado por los senadores Federico Pinedo (PRO) y Liliana Fellner (Frente para la Victoria-PJ), fundado en la intención de cumplir lo que la Corte recomendó en el fallo Rodríguez. Luego de ser aprobada en el Senado, esta iniciativa para limitar la eventual responsabilidad civil de los proveedores de plataformas tuvo dictamen positivo en tres comisiones en Diputados. Al tiempo del cierre de esta edición de Infotechnology aún no había sido tratada en el recinto, pero los trascendidos daban por muy posible su futura sanción.
Valeria Mazza le ganó un juicio millonario a Yahoo y Google https://t.co/e9lbXrPh0W pic.twitter.com/8GeBRuo34x— Clarín (@clarincom) 14 de julio de 2018
Como explica Ricardo Porto, secretario de la Comisión de Sistemas, Medios de comunicación y Libertad de expresión del Senado de la Nación, “este proyecto establece una responsabilidad subjetiva para los intermediarios. Es decir que no están obligados a monitorear o supervisar los contenidos que puedan enlazar y su responsabilidad solo nace a partir de una notificación. El gran debate es si esa notificación debía ser dada por los mismos afectados, por un organismo administrativo o por vía judicial. El proyecto toma esta última opción porque representa la visión más garantista con los derechos humanos, como los principios de Manila y las posiciones de relatorías de libertad de expresión”.
El requisito de orden judicial cuenta con el respaldo de varias organizaciones de la sociedad civil y académica especialistas en políticas públicas de internet, como las argentinas Ageia Densi, Centro de Estudios de Tecnología y Sociedad de la Universidad de San Andrés, Faro Digital y Fundación Vía Libre, así como otras entidades globales como Access Now y Public Knowledge.
«Nadie puede meterse en la casa de otra persona, ni escuchar conversaciones ajenas. Por eso es importante poder regular la responsabilidad de los prestadores y no dejar las cosas libradas al azar”
Xuxa perdió un juicio contra Google por búsquedas relacionadas a la pedofília https://t.co/Gj2hMOhvbS pic.twitter.com/QSXbrdneLH— Clarín (@clarincom) 9 de julio de 2018
También hubo un comunicado de respaldo al proyecto firmado por la Cámara Argentina de internet (Cabase), la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), la Federación Latinoamericana y del Caribe de internet y el Comercio Electrónico (eCOM-LAC), la Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA). Allí se destaca que no obligar a los intermediarios a monitorear contenidos es bueno para la privacidad de los usuarios y subraya la necesidad de otorgar certeza a la actividad de este tipo de empresas.
Sin embargo, hay sectores que objetan el sistema de notificación elegido en el proyecto. Por ejemplo, algunos consideran que éste debería estar a cargo de instancias administrativas como la Defensoría del Pueblo u otra defensoría creada a tal efecto. El problema, como observa Javier Pallero, analista de Políticas Públicas para América latina de Access Now, “es que esos funcionarios, o son puestos por el gobierno o no tienen los grados de garantías que tiene un juez”.
Quienes se oponen con más fuerza al estándar legal elegido en el proyecto Pinedo-Fellner son las entidades asociadas con la industria cultural, como la Cámara Argentina del Libro (CAL), la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (Capif), y la Sociedad Argentina de Escritores (Sade), entre otras. Por ejemplo, la Fundación El Libro difundió un comunicado que decía: “¿Sabés que si se aprueba esta Ley tu creación intelectual puede piratearse y venderse impunemente?” y califica la iniciativa como “una ley en favor de los más poderosos y en contra de uno de los sectores más importantes y necesarios de la cultura: el de la creación intelectual y artística”.
Pensar q escuche de varios colegas, en mas de una oportunidad, y de mucha otra gente, q por envidia o desconocimiento me decían en la cara “jamas le vas a ganar un juicio a google” 😂😁😂 pic.twitter.com/DshxNu6vTZ— Martin Leguizamon (@Martin_Legui) 11 de julio de 2018
Según el tesorero de la Fundación El Libro, Ecequiel Leder Kremer, “el proyecto prevé un mecanismo de judicialización, no de conciliación directa, y los tiempos y mecanismos de la Justicia no son para nada adecuados para administrar esto. Porque los links y los vendedores cambian de identidad constantemente, así que no se puede andar persiguiendo links con demandas judiciales”. Y añade: “No es que en la Argentina tengamos un problema de libertad de expresión, como en China o Tailandia. Entonces, creo que el único interés para sancionar una ley así es el de las plataformas de blindarse frente a situaciones claramente ilegales”.
En general, los representantes de la industria cultural preferirían un sistema como el de Estados Unidos donde, ante la simple notificación de un presunto afectado, el intermediario retire el contenido objetado. Claro está, quienes defienden el estándar legal no están de acuerdo. “El problema es que esto se prestaría a muchos abusos y denuncias falsas”, dice Javier Pallero. “Y posiblemente el intermediario optara por bajar todo lo que le pidan por miedo a equivocarse, aunque no esté justificado. El sistema de notificación privada da a los intermediarios un incentivo muy grande para convertirse en policías de internet.”
Envian a juicio a acusados en caso Troll Center @JulioR_TCS https://t.co/A0RhW0U8d7 pic.twitter.com/R1ZbHQjpGN— El Noticiero (@elnoticiero_6) 1 de marzo de 2017
Además, el analista destaca que lo previsto en el proyecto es ejercer un recurso de amparo, que es el más rápido del sistema judicial, es barato, debe resolverse en 48 horas y ni siquiera obliga a contratar abogado.
“La Constitución argentina dice que el único poder que puede delimitar el derecho de las personas es la Justicia. Nadie puede meterse en la casa de otra persona, ni escuchar conversaciones ajenas. Por eso es importante poder regular la responsabilidad de los prestadores de servicios y no dejar las cosas al azar”, expresó en agosto de 2016 el senador Pinedo durante una de las reuniones preparatorias previa a la redacción del proyecto de ley.
En otro comunicado, otra de las sociedades que se oponen al proyecto de ley, Argentores, fue más lejos y apuntó directamente a quienes brindan conectividad. “Los proveedores de servicios de internet lucran con nuestros contenidos y no pagan derechos. Los creadores merecemos tener un reconocimiento económico por el uso de nuestras obras.” Desde Cabase, por supuesto, la posición es opuesta. En mayo, su presidente, Ariel Graizer, dijo que “para que la industria se quede en la Argentina, necesitamos que haya leyes que la promuevan y que no nos haga responsables de lo que no podemos ser responsables”.
Otro aspecto polémico del proyecto es que dice que cualquier intermediario podrá bloquear y remover contenidos, así como eliminar perfiles y cuentas de usuarios, sin informar sus criterios para hacerlo en sus términos de uso. Esto es preocupante, como expresó en un comunicado del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia su presidente ejecutivo, Gustavo Gómez, porque se presta al ejercicio de la censura privada. Por ejemplo Alphabet (Google) dijo que penalizará a los medios oficialistas rusos Russia Today y Sputnik por difundir noticias falsas.
Para Gómez “se trata de un anuncio, expreso y público, de la capacidad que tienen algunos intermediarios para afectar el libre flujo de contenidos, con un alcance global nunca antes visto”. Según Ricardo Porto, no obstante, la preocupación por este artículo es excesiva “porque toda empresa de servicios tiene cláusulas de uso donde su violación es sancionada. Pero esto no supone que tengan un cheque en blanco”. Su conclusión es que, si bien ninguna ley es perfecta o incuestionable, en general el proyecto Pinedo-Fellner era necesario y tiene más aspectos positivos que negativos. El debate sigue abierto.
INFO TECHNOLOGY
Es verdad trolls, juicio político Yaaaaa al burro y a la hiena por los aportantes truchos de Vidal… Jajaj.. Chau trolls pic.twitter.com/bdz5rPiFsS— LORENA ♓ (@lorena_sturm) 4 de octubre de 2018
PUBLICADO EN LANUEVACOMUNA.COM