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LA ERA MILEI, PRODUCCION

RIGI, la nueva Ley del Coloniaje

Por Horacio Rovelli

RIGI es el RÉGIMEN ESPECIAL DE PROMOCIÓN PARA LAS INVERSIONES DE GRANDES EMPRESAS.

En el proyecto de ley ómnibus y luego reciclado en Base y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos, se crea el Régimen para Grandes Inversiones (RIGI), que consta de 64 artículos que indican una amplia gama de exenciones impositivas igual a la promoción fiscal que rige para las ensambladoras de Tierra del Fuego o la industria del conocimiento que le ahorra a Marcos Galperín 100 millones de dólares anuales en impuestos. Se trata de proyectos de inversión de 200 millones de dólares o más, ya sea nuevo o para la ampliación de un desarrollo existente, en sectores dinámicos de la economía, como hidrocarburos, minería, agroindustria, infraestructura, forestal, tecnología, que no lo necesitan porque nuestro país tiene en ellos ventajas comparativas y naturales con respeto al resto del planeta. Sin embargo se pretende asegurarle:
Estabilidad fiscal por 30 años;
A partir del tercer año, se les garantiza la libre disponibilidad de divisas (no tienen necesidad de liquidar las di visas en el país);
Al tercer año pueden exportar sin pagar derechos de exportación;
Incluso le disminuye la alícuota del Impuesto a las Ganancias del 35 al 25%;
Admite la posibilidad de importar sin ningún tipo de arancel cualquier bien de capital, repuesto y otros insumos sin aclarar que éstos deban ser nuevos o usados:
La autoridad de aplicación es el gobierno nacional, por ende, puede determinar sobre los impuestos provinciales y definir el marco regulatorio para el desarrollo de la inversión, en una delegación de facultades de manera explícita por parte de la provincia hacia la administración nacional que puede disponer la condonación de todos los impuestos nacionales y los provinciales. De aprobarse la implementación del RIGI, el Poder Ejecutivo puede decidir sobre la concesión de un pozo petrolero en Santa Cruz, así como determinar las condiciones para un desarrollo minero en Catamarca.
Instaura un sistema abusivo y discriminatorio para la mediana empresa nacional. El RIGI consiste en abrirle la puerta a sociedades constituidas en el extranjero para que vengan acá a hacer lo que quieran. Paso uno, el capital extranjero dibuja una cáscara societaria de papel en el territorio. Paso dos, participan en un proyecto local, diciendo que aportan activos para una inversión, que no necesariamente aumentará la dotación de capital en el país, ya que puede ser la mera adquisición de acciones de una compañía ya existente. Paso tres, con esto se podrá acoger al RIGI y obtiene su patente de corso. Ésta le reportará un jubileo impositivo para pagar menos Ganancias, menos IVA y estar exentos de tributos locales. Tampoco pagarán impuesto a las importaciones y, si exportan, no pagarán derechos y al tercer año tampoco tendrán la obligación de liquidar divisas. No se les podrá imponer cupos de importación o exportación, y se les garantiza estabilidad tributaria, administrativa y cambiaria por 30 años. Y si se ofenden porque piensan que el Estado los perjudica, esquivarán los tribunales argentinos y pueden demandarnos ante el CIADI. Estimamos que ya deben haber varios estudios jurídicos y contables estudiando el RIGI para crear sociedades anónimas de papel, que encubran a las viejas conocidas y acogerse a este paraíso fiscal que no requiere de ir a una isla. Distintas voces de alerta se han levantado respecto a los peligros que implica su aprobación. Entidades industriales, como la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA) y la Unión Industrial Argentina (UIA), han advertido acerca de la competencia desleal que provocaría con las empresas nacionales que no cuentan con tales incentivos. También el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organización intergubernamental que es referencia mundial en la materia, alerta que el RIGI permitiría el blanqueo o lavado de capitales, tales como los provenientes del narcotráfico, el tráfico de armas y de personas. En tercer lugar, gobernadores de la región centro del país, aquella zona con mayor actividad industrial, han manifestado sus preocupaciones por el RIGI, dado que la iniciativa hoy aprobada en comisión es aplicable a «proyectos de cualquier sector» (art. 164), a diferencia de la versión original que limitaba expresamente el alcance a las actividades primarias y algunas pocas más. Pero, ¿qué es lo que establece el RIGI y por qué es tan grave? Bajo el argumento habitual de generar empleo, atraer inversiones, fomentar las exportaciones, entre otros (art. 163), y alegando que la inseguridad jurídica y exceso de regulaciones son las que impiden que la inversión extranjera llegue a la Argentina, el RIGI establece beneficios y exenciones inéditos a nivel mundial. A saber,
Libre importación de bienes de capital e intermedios, sin control de dumping ni impuestos (maquinaria, tecnología, insumos, servicios) (art. 187 y ss.);
Se reducen al mínimo los impuestos (art. 180 y ss.), discriminando a otras empresas locales;
No se ven obligados a ingresar al país las divisas que obtienen por exportación (art. 195), generando balance negativo de divisas;
No hay obligación de abastecer al mercado interno, ni siquiera en caso de fuerza mayor como catástrofes, pandemias o guerras (art. 197);
No hay obligaciones de desarrollar la investigación y desarrollo local, ni el agregado de valor, así como tampoco de transferencia de tecnología;
No establece controles sobre el origen de los fondos;
No tiene requisitos de contratación de mano de obra local;
Garantiza que no se producirán cambios normativos (tributarios, aduaneros, cambiarios) a nivel nacional, y que en caso de litigio se dirimen en tribunales internacionales (art. 162, 198, 218 y otros).
Cabe destacar que mientras los grandes capitales internacionales gozarían de estos beneficios y exenciones, cualquier empresa nacional, en particular pequeñas o medianas, carecen de los mismos. Por ende, el RIGI actúa como un poderoso desincentivo a la producción, la industria y el agregado de valor local. Por esto, es importante que las provincias que poseen grandes riquezas naturales no se engañen, creyendo que el RIGI puede traerles beneficios. Es cierto que en términos de exportación de bienes primarios puede implicar un incremento a corto plazo, pero a costa de sacrificar la economía productiva provincial y condenarse a una matriz extractivista con escaso desarrollo local. Es la causa por la cual los industriales de Neuquén se han manifestado también preocupados por el RIGI, en tanto, como proveedores de Vaca Muerta no podrían competir con esas grandes inversiones favorecidas. En síntesis, las PyMEs nacionales son discriminadas, al ser puestas en condiciones artificialmente desventajosas en la competencia con bienes importados que resultan subsidiados de modo indirecto. Entre lo más grave que tiene el RIGI es que imposibilita a futuro poder modificar sus condiciones, estableciendo a nivel nacional que «cualquier norma o vía de hecho, nacional o local que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe los proyectos aprobados será nula de nulidad absoluta e insanable, por lo que la Justicia deberá en forma inmediata impedir su aplicación» (art. 162). Mientras que a nivel internacional nos somete a tribunales internacionales, como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), una institución del Banco Mundial con sede en Washington. Contradictoriamente con el ideario liberal, hay que destacar que el RIGI es un sistema plagado de regulaciones, reglas fijas y privilegios, hecho a medida de un empresariado “que no arriesga”, básicamente prebendario. Por otro lado, es posible prever efectos negativos incluso sobre la balanza comercial y cambiaria. Se favorecen las importaciones y se les garantiza el acceso de las divisas en el mercado de cambios local para pagarlas (art. 197), mientras que las divisas producto de las exportaciones no tienen obligación de ser ingresadas al país. El resultado es que lejos de mejorar la balanza de pagos de la Argentina, el RIGI puede producir su empeoramiento. Tampoco se consideran las situaciones extraordinarias en el mundo (una guerra, catástrofes, eventos climáticos, pandemias, etc.) que pueden producir superganancias. En tales casos, el Estado no podrá percibir un porcentaje mayor en materia tributaria, obteniendo los capitales extranjeros rendimientos exorbitantes. Sin dudas, en el objetivo de quienes propugnan por el RIGI, entre ellos Elon Musk, se encuentran los grandes recursos naturales de la Argentina, en particular, gas, petróleo y litio, y eventualmente otros como agua y alimentos. Es decir, como ha señalado Juan Grabois, el nuevo ALCA, que constituye el proyecto estratégico de los Estados Unidos para la Argentina. Alcanza un vistazo a las condiciones leoninas que establece el RIGI para darse cuenta que implica la reducción de la Argentina a la condición de colonia económica en el sentido más estricto del término. Es imprescindible que dirigencia política, gobernadores, diputados, senadores, empresariado, científicos, intelectuales, periodistas, y, en particular, el campo popular, tomen dimensión de la tragedia nacional que significaría la aprobación del RIGI. Paralelamente en el proyecto de ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, se propicia un amplio “blanqueo” de capitales (perdona a los evasores de impuestos), que a cambio de declarar su riqueza oculta son eximidos de causas judiciales y del pago de multas, entre otros beneficios. Los primeros 100.000 dólares regularizados no tributan el impuesto, y los que declaran 100.000 dólares o más (sin cupo o límite o sea que pueden ingresar los capitales que quieren y como quieran) el blanqueo estará dividido en tres fases: La primera desde el día siguiente a que entre en vigencia el régimen hasta fines de julio de 2024, y determina una alícuota de ingreso al del 5%, la segunda etapa va desde el 1° de agosto hasta el 30 de septiembre con una alícuota del 10% y la última desde octubre al 30 de noviembre, con una alícuota del 15%, beneficiando a quienes tienen más recursos para ocultar su patrimonio y no cumplen con los compromisos tributarios. El denominador común de ambos proyectos es que ingresen divisas y tal como advierte el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organización intergubernamental que es referencia mundial en la materia, permitiría el blanqueo o lavado de capitales, tales como los provenientes del narcotráfico, el tráfico de armas y de personas

Diario Mar De Ajo

Publicado en lanuevacomuna.com

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