El proyecto de reforma política que busca impulsar el Gobierno durante las sesiones extraordinarias del Congreso apunta a endurecer las condiciones para que los partidos políticos mantengan su personería jurídica. Uno de los cambios más destacados es duplicar el número de distritos en los que deben estar constituidos, pasando de cinco a diez, para ser reconocidos como partidos nacionales, además de elevar los requisitos para obtener la personería en cada distrito.
El Ejecutivo confirmó la convocatoria a sesiones extraordinarias entre el 5 y el 27 de diciembre para debatir reformas políticas y electorales, junto con otras iniciativas, como el Juicio en Ausencia, modificaciones al Código Penal sobre reincidencia, la Ley de Mafias y cambios en la Ley de Fueros. Según el vocero presidencial, Manuel Adorni, estos proyectos serán tratados como parte de un paquete legislativo enviado al Congreso el pasado jueves.
Puntos clave de la reforma
Entre las principales propuestas del proyecto se encuentran:
Reconocimiento nacional: Para ser reconocidos como partidos políticos nacionales, deberán tener personería en al menos diez distritos.
Uniformidad: Los partidos deberán compartir el mismo nombre, declaración de principios, programa de acción política y Carta Orgánica para solicitar su reconocimiento.
Afiliados requeridos: A nivel nacional, la suma de los afiliados de todos los distritos deberá representar al menos el 0,1 % del total de electores registrados en el país. En cada distrito, se exigirá que los afiliados sean al menos el 0,5 % de los electores locales, con un tope de dos millones de ciudadanos.
Elecciones internas: Una vez que se alcance el número mínimo de afiliaciones, el juez federal electoral habilitará al partido para realizar elecciones internas dentro de los 90 días, según su Carta Orgánica, y estas deberán ser publicadas en su sitio web y en un medio de circulación local.
Reconocimiento jurídico: Tras la validación del proceso eleccionario por parte del juez federal, con la intervención del Ministerio Público Fiscal, se otorgará la personería jurídico-política.
Alianzas y causas de caducidad
Conformación de alianzas: Los partidos nacionales o de distrito podrán formar alianzas para presentar candidatos, siempre que cumplan con acuerdos constitutivos que incluyan la distribución de recursos y votos. Estas alianzas deben ser reconocidas por un juez federal al menos 70 días antes de las elecciones.
Pérdida de personería: Los partidos que no realicen elecciones internas en cuatro años, no participen en dos elecciones consecutivas o no alcancen el 3 % de los votos podrán perder su personería. En el caso de alianzas, el cálculo del porcentaje de votos se hará según lo acordado entre las partes.
Plazos de adaptación
Los partidos con personería vigente al momento de la entrada en vigor de la ley tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para cumplir con sus disposiciones. Además, dispondrán de 180 días para ajustar sus Cartas Orgánicas y Reglamentos a los nuevos requisitos.
El proyecto de reforma busca reorganizar y fortalecer la estructura de los partidos políticos, aunque también generará debates sobre las implicancias de los mayores requisitos y los posibles desafíos para agrupaciones más pequeñas o emergentes.
Con información de El Destape
Publicado en lanuevacomuna.com