Los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, integrantes de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, rechazaron el pedido de recusación que la defensa de Cristina Kirchner presentó contra el juez Gustavo Hornos en la revisión de la Causa Vialidad.
Los abogados de la exmandataria solicitaron que Hornos fuera apartado del caso, basándose en las acusaciones de violación que enfrenta por parte de su expareja. Sin embargo, sus colegas del tribunal consideraron que «el planteo recusatorio no es válido para justificar el apartamiento solicitado, ya que -como se desprende del contenido del escrito y del informe producido por el magistrado recusado- se basa en cuestiones ajenas a los hechos de este proceso».
Borinsky y Barroetaveña afirmaron que «no se ha demostrado ni se observa la concurrencia de alguna de las causales de recusación por parcialidad subjetiva previstas en el artículo 55 del Código Procesal Penal Nacional, ni tampoco la falta de imparcialidad objetiva del juez en relación con los hechos de este caso».
En su defensa, Hornos argumentó que los hechos por los cuales se intentaba recusarlo estaban «completamente desvinculados» de la Causa Vialidad. «Las afirmaciones genéricas esbozadas por la defensa como motivo para solicitar el apartamiento no pueden ser aceptadas a la luz de la doctrina establecida por la Corte Suprema», señaló en su descargo.
El juez, objeto de la recusación por parte de la defensa de Cristina, recibió una orden de restricción a raíz de las denuncias de su expareja.
Hornos también sostuvo que los argumentos de la defensa de la ex presidenta «presuponen la existencia de un juicio previo sobre los hechos del proceso, lo cual en este caso no ha sido ni siquiera planteado».
Aunque Borinsky y Barroetaveña rechazaron la recusación, los jueces de la Casación remitieron las actuaciones relacionadas con Hornos al Consejo de la Magistratura. Este procedimiento implica la apertura de un expediente ante la Comisión de Acusación y Disciplina del órgano político del Poder Judicial, que es responsable de sancionar, investigar o destituir a los magistrados.
Con información de La Política Online
Publicado en lanuevacomuna.com