crossorigin="anonymous">

ACTUALIDAD

«QUEREMOS SABER QUE PASO CON EL #ARASANJUAN»: PEDIDO DE HABEAS CORPUS POR DESAPARICION FORZADA. TEXTO



ARA San Juan: Presentan Habeas Corpus por los 44 desaparecidos

El referente y veterano de Malvinas estuvo en la ciudad santacruceña de Comodoro Rivadavia como testigo en la querella presentada por Luis Tagliapietra -padre de Alejandro, uno de los marinos desaparecidos- ante la jueza federal Marta Yañez.

Además fue uno de los que presentó “un hábeas corpus en la justicia ordinaria por los 44 marinos que nos faltan”. López recordó que cualquier ciudadano puede presentar un pedido de ese tipo, pero en su caso lo hace desde la sospecha de lo que entiende pudo haber ocurrido con el submarino.



“Algo huele a podrido”

“Quieren que no los busquemos, pero un submarino no puede desaparecer, es la estructura más resistente que existe”, enfatizó como experimentado hombre de mar.

En ese sentido, consideró llamativo que “un informe de la Armada dice que el submarino no estaba en condicione de navegar y, sin embargo, zarpó con su dotación completa, llegó a Ushuaia -uno de los mares más difíciles de navegar- y emprendió el regreso”.

El entrevistado indicó que “un capitán no zarpa si se puede hundir” y señaló, además, inconsistencias en la información oficial.

Por un lado, López preguntó “por qué buques norteamericanos, chilenos y británicos estaban tan cerca para iniciar una búsqueda y rescate cuando se dio la emergencia del submarino. Algo huele a podrido”, agregó.

Además, consideró que “hubo un ocultamiento de información desde el primer momento, dentro de lo cual, lo más grave es que nunca supimos la posición verdadera del submarino a pesar de que en el protocolo de comunicaciones navales lo primero que se comunica es la posición, dónde está, para dónde va y cuál es su velocidad”.

El entrevistado agregó que “no existe coherencia entre la supuesta explosión y la supuesta posición del submarino”.

Por otra parte cuestionó por qué no emergió el submarino luego de comunicar la avería.







“Una posición muy comprometida”

Luego de indicar otros puntos irregulares, López señaló la importancia de acompañar a Tagliapietra y otros familiares querellantes en esta jornada donde la jueza Yáñez tomará declaraciones testimoniales e indagatorias a integrantes de la Armada Argentina, algunos de los cuales, a su entender, “tienen una posición muy comprometida”.

En ese contexto, aseguró: “sin especulaciones, queremos saber qué pasó y voy como testimonio de la querella, pero también como militantes de la resistencia presentaremos el hábeas corpus”.





El texto

HABEAS CORPUS POR DESAPARICION FORZADA

Señor Juez
De Comodoro Rivadavia
Juan Antonio Franklin LOPEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 11.960.354, nacido el 28 de Abril de 1958, de estado civil soltero, con domicilio real en xxxxxxxxx CABA y constituyendo domicilio procesal en los estrados del juzgado, actuando como ciudadano argentino, me presento y respetuosamente digo:

I.OBJETO.
Que vengo a interponer hábeas corpus por desaparición forzada de los 44 centinelas que custodiaban y patrullaban la frontera marítima con la usurpación británica de las Islas Malvinas, los cuarenta y cuatro marinos tripulantes del Submarino ARA San Juan: Capitán de fragata Pedro Martín Fernández, Capitán de corbeta Jorge Ignacio Bergallo, Teniente de navío Fernando Vicente Villarreal, Teniente de navío Fernando Ariel Mendoza, Teniente de navío Diego Manuel Wagner, Teniente de navío Eliana María Krawczyk, Teniente de navío Víctor Andrés Maroli, Teniente de fragata Adrián Zunda Meoqui, Teniente de fragata Renzo David Martín Silva. Teniente de corbeta Jorge Luis Mealla, Teniente de Corbeta Alejandro Damián Tagliapietra, Suboficial Principal Javier Alejandro Gallardo, Suboficial Primero Walter Germán Real, Suboficial Primero Hernán Ramón Rodríguez, Cabo principal Humberto René Vilte, Suboficial Segundo Cayetano Hipólito Vargas, Suboficial Segundo Roberto Daniel Medina, Suboficial Segundo Celso Oscar Vallejos, Suboficial segundo Hugo Arnaldo Herrera, Suboficial segundo Víctor Marcelo Enríquez. Suboficial segundo Ricardo Gabriel Alfaro Rodríguez, Suboficial segundo Daniel Adrián Fernández, Suboficial segundo Luis Marcelo Leiva, Cabo principal Jorge Ariel Monzón, Cabo principal Jorge Eduardo Valdez, Cabo principal Cristian David Ibáñez, Cabo principal Mario Armando Toconas, Cabo principal Franco Javier Espinoza, Cabo principal Jorge Isabelino Ortiz, Cabo principal Hugo Dante Cesar Aramayo. Cabo principal Luis Esteban García, Cabo principal Sergio Antonio Cuellar, Cabo principal Fernando Gabriel Santilli, Cabo principal Alberto Ramiro Arjona, Cabo principal Enrique Damián Castillo, Cabo principal Luis Carlos Nolasco, Cabo principal David Alonso Melián, Cabo principal Germán Oscar Suárez, Cabo principal Daniel Alejandro Polo, Cabo principal Leandro Fabián Cisneros, Cabo principal Luis Alberto Niz, Cabo principal Federico Alejandro Alcaraz Coria, Cabo segundo Aníbal Tolaba y el Suboficial Primero Alberto Cipriano Sánchez. Los que se encuentran desaparecidos forzadamente, desde las últimas comunicaciones del submarino, efectuadas el pasado 15 de Noviembre de 2017.

II. HECHOS. DESAPARICION FORZADA
El submarino San Juan regresaba de una misión “solitaria”, “secreta” y “sigilosa” próximo a la usurpación británica de las Islas Malvinas.
El informe de las averías a causa de “agua por el snorkel” no guarda relación con la cantidad o volumen, de agua, que puede en caso de accidente o avería recibir el “snorkel” y los elementos de seguridad y contención que el buque a esos efectos posee.
No es razonable que el submarino haya permanecido sumergido en una situación de emergencia aún si esta hubiera sido causada por el snorkel y el agua en las baterías, dado que es principio básico de la navegación submarina, que ante averías o inconvenientes, se “sopla todo” es decir, se expulsa manualmente con las bombas de aire comprimido, el lastre, “y subir”, se emerge. No hay oleaje que por velocidad o altura pueda producir daños graves o el mismo naufragio de la nave.
El pasado martes, el Dr. Luis Tagliapietra, al que acompañé desde Buenos Aires a Caleta Olivia, para asistirlo en su rol de querellante y representante de las familias de los submarinistas, tomó por primera vez conocimiento de las posiciones geográficas que con exactitud de 20 metros, proporciona cada una de las comunicaciones que el submarino realizó por telefonía satelital. En un principio fue negada la existencia de estas comunicaciones y luego de admitidas, no eran acompañadas por las respectivas coordenadas geográficas. Así, fueron hasta ahora, reemplazadas por “posiciones estimadas” que se usaron para la búsqueda del buque y los sobrevivientes.
La jueza federal de Caleta Olivia, Dra. Marta Yañez, y el Dr. Luis Tagliapietra, han manifestado en forma pública, también en el día de ayer, la “falta de colaboración” de la Armada Argentina, en la respuesta a los pedidos que efectúa el juzgado y la querella. Ante una desaparición forzada, la falta de información o negativa a informar sobre el paradero de la persona desaparecida está especialmente tipificada en el artículo 142 bis del Código Penal.
La denuncia del ciudadano Jorge Oliver, que la justicia federal de Córdoba trasladó a Caleta Olivia, contiene, además de la profundidad (143 metros) las coordenadas geográfica en las que el buque de nacionalidad rusa Yantar solicitó realizar la búsqueda. Este permiso de búsqueda no ha sido autorizado por la Armada Argentina ni por la justicia federal y los responsables de la embarcación aguardan una orden judicial que les permita acceder a la zona mencionada.
La supuesta falta de aptitud para la navegación del submarino San Juan, contrasta con las maniobras militares navales que el submarino efectuó a fines de octubre frente a Caleta Olivia, los “bautismos submarinos” realizados a 80 metros de profundidad en el Canal de Beagle llevando a miembros del gobierno de la provincia de Tierra del Fuego desde el vicegobernador a jueces, legisladores y funcionarios del gabinete. Y su posterior participación en maniobras navales conjuntas con Inglaterra, Estados Unidos, Chile y otros países como Brasil, Uruguay e inclusive Sudáfrica y su posterior misión en la Cuenca Malvinas.
Navegué en velero a las islas Malvinas antes del cese de fuego de 1989, no existía en aquel tiempo ni el GPS ni el teléfono satelital. Volví en 1992 a diez años de la reconquista de las islas. En ambos viajes sufrí la hostilidad de los británicos y conté con el apoyo de la Prefectura Naval Argentina y la Armada Argentina. Desde 1966 (submarino Santiago del Estero), la fuerza de submarinos realiza incursiones en el territorio usurpado. Luego de la acción mencionada, recuerdo el desembarco en  Cabo Belgrano con el velero Caimán en 1983, una alerta británica de 2011 y ese mismo año la expulsión de la Fragata Robinson que capeaba un temporal y fue obligada a alejarse de la usurpación. Cuando intentaba el viaje en bote semirrígido a motor en 2014, fui advertido por autoridades inglesas de que “además del pasaporte”, debía ser “cuidadoso con el mar”.
La actual usurpación militar británica se inició tres días después de que Argentina firmara el acuerdo de paz del presidente peruano Belaúnde Terry, el 30 de Abril de 1982. Quedarían en Malvinas la ONU y las 3 banderas, pero el Crucero Belgrano, que con mil tripulantes abordo se alejaba de la zona de exclusión rumbo al continente, fue torpedeado en un acto criminal que fue denunciado por los mismos británicos, como un crimen contra la paz, el crimen que dio inicio a la guerra. Ni la justicia federal, ni la Corte Suprema ni el Tribunal Internacional de Estrasburgo, han dado lugar al reclamo de que se lleve a juicio a la Corona Británica por el homicidio calificado de 323 marinos argentinos.
Luego del 14 de junio de 1982, durante más de 90 días, el Reino Unido retuvo en forma secreta e ilegal a un gran número de prisioneros argentinos, en su mayoría militares profesionales, en la base militar de la Isla de Ascensión.
Las maniobras militares en las que los usurpadores británicos utilizan material nuclear, han sido denunciadas cada año y cada vez, pero hasta ahora, la justicia las consideró tan fuera de competencia como al crimen del Belgrano.

III. DERECHO.
Fundo la pretensión en la Cláusulas Transitoria Primera y los artículos 43, 121 y 126 de la Constitución Nacional. Los Tratados Internacionales de Derechos Humanos incorporados a través del artículo 75, inciso 22 de la CN. La ley 23098. La Constitución Provincial y la ley “Gaucho Rivero” 136/11 de la Provincia de Chubut. La resolución de la Asamblea General de la OMI (Organización Marítima Internacional) Londres, Noviembre 2012: “las leyes Gaucho Rivero son una legítima herramienta de defensa de la soberancía nacional en el mar de cabotaje, contra el saqueo de los recursos naturales que realiza la usurpación británica de Malvinas”.

IV. RESERVAS.
Hago reserva expresa de acudir ante los tribunales de alzada y los organismos internacionales competentes en caso de ser rechazado el presente recurso convencional, y el requerimiento de activar el mecanismo de búsqueda de personas y denuncia penal.

V. PETITORIO.
Por lo expuesto, solicito a V.S.
1. Tenga por presentado habeas corpus y denuncia penal por desaparición forzada del Capitán de fragata Pedro Martín Fernández y los 43 tripulantes del Submarino ARA San Juan.
2. Ordene de manera inmediata a la Armada Argentina y el Poder Ejecutivo Nacional, brinde toda la información necesaria a fin de conocer el paradero de los marinos y se activen los mecanismos y protocolos de búsqueda de personas desaparecidas.
3. Disponga la audiencia con las autoridades denunciadas y arbitre todas las medidas necesarias para conocer el alojamiento actual y estado de los 44 marinos del submarino San Juan.
4. Se tome declaración a Jorge Oliver respecto de la posición de búsqueda, denunciada por marinos y diplomáticos rusos.
5. Se oficie a la Cancillería para que los países involucrados en la “búsqueda” del submarino San Juan informen posición y misión de sus buques en aguas de la Cuenca Malvinas al 15 de noviembre de 2017.
6. Se oficie a la empresa Iridium, para que informe todas las comunicaciones que fueron realizadas por buques nacionales o extranjeros, en la Cuenca Malvinas, los días previos y posteriores a la desaparición del submarino San Juan.
7. Se solicite testimonio de testigos y acepte medidas de prueba, que oportunamente y con la premura del caso, presentaré.
8. Se de curso a la denuncia por desaparición forzada de personas por los fundamentos expuestos y los graves hechos acreditados y sucedidos.
9. Tenga presente las reservas formuladas.

Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA

FUENTE: CRONICA / EL OJO WEB

Deja un comentario


Soporte Wordpress por Efemosse y Alipso
Verificado por MonsterInsights