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LA ERA MILEI

Preocupación en sindicatos marítimos: el Gobierno recorta el derecho a huelga y flexibiliza la contratación

El Ejecutivo nacional oficializó un nuevo decreto que desregula aún más el funcionamiento de la marina mercante, restringiendo el ejercicio del derecho a huelga por parte de los gremios del sector y facilitando nuevas formas de contratación de personal.

Se trata del Decreto 340/2025, que establece el Régimen de Excepción para la Marina Mercante Nacional, introduciendo modificaciones sustanciales a la normativa laboral y a la Ley de Navegación, tal como adelantó Mundo Gremial.

Uno de los ejes más destacados es que ahora los armadores argentinos podrán suspender transitoriamente la bandera nacional de sus embarcaciones sin perder su inscripción en los registros del país, lo que les permite inscribirse en registros de otras naciones cuando lo consideren conveniente. Esta posibilidad otorga mayor libertad operativa y reduce costos burocráticos.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, subrayó que “lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros”. Y detalló: “Esto quiere decir que una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local. Deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75 % de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen”, indicó.

Asimismo, el nuevo régimen habilita a los operadores locales a aplicar el sistema de abandono de pabellón para realizar cabotaje utilizando banderas de conveniencia, lo cual también implica que puedan contratar personal bajo las normativas laborales del país que figure en el nuevo registro del buque.

Navegación declarada servicio esencial

El DNU declara como actividad esencial a la navegación marítima y fluvial en el transporte de personas, bienes y tareas offshore, lo cual obliga a garantizar un mínimo del 75% de actividad operativa incluso durante medidas de fuerza, debilitando sustancialmente el derecho de huelga.

En paralelo, se producen modificaciones profundas en la modalidad de contratación laboral, avanzando sobre el esquema tradicional de bolsas de trabajo administradas por los sindicatos y promoviendo un esquema de libre contratación por parte de los armadores.

En este sentido, se confirmó la eliminación de requisitos como la renovación anual del Registro de Armadores Nacionales y se amplían las alternativas para incorporar personal embarcado, incluyendo asociaciones gremiales u otras entidades habilitadas.

Sobre esta flexibilización contractual, el decreto establece:
“Las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal disponible de sus bolsas de trabajo habilitado para la realización de tareas como personal embarcado en la actividad marítima y fluvial. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra persona que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”.

Cambios en permisos y condiciones para buques extranjeros

La norma también modifica el esquema de autorizaciones para naves extranjeras y regula la composición de sus tripulaciones.

Permisos transitorios: Cuando no existan barcos nacionales disponibles para tareas de cabotaje, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) podrá otorgar autorizaciones temporales de hasta 180 días a embarcaciones extranjeras, renovables.

Condiciones laborales y tributarias: Las embarcaciones extranjeras que operen más de 60 días al año en cabotaje argentino deberán contar con tripulaciones conformadas por trabajadores argentinos o residentes, respetando la legislación impositiva y laboral vigente. Si operan hasta 60 días, deberán aguardar otros 60 días antes de tramitar una nueva licencia.

Tripulación en buques de bandera nacional o asimilada: La normativa indica que deberán ser tripulados prioritariamente por argentinos o residentes permanentes, salvo que no haya personal disponible, en cuyo caso se podrá recurrir a trabajadores de cualquier nacionalidad habilitados para tareas marítimas o fluviales.

El decreto ha generado malestar entre los dirigentes sindicales, que ya venían manifestando su oposición a esta ofensiva desregulatoria por considerar que atenta contra el empleo nacional y debilita el entramado legal que protege los derechos de los trabajadores marítimos.

La Nueva Comuna

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