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POR LOS APORTANTES TRUCHOS PIDEN HASTA 10 AÑOS DE PRISION PARA MARIA EUGENIA VIDAL

Piden hasta 10 años de prisión para Vidal



La denuncia contra la gobernadora es por los delitos de  falsificación de instrumento público, falsedad ideológica en instrumento público, uso de documento público falsificado y lavado de dinero.

Un grupo de vecinos de Quilmes, beneficiarios de planes sociales, con el patrocinio del Dr. Luis Alén, se presentaron en el Juzgado Nº 3 de La Plata, a cargo del Dr. Ernesto Kreplak, una denuncia por los delitos de  falsificación de instrumento público, falsedad ideológica en instrumento público, uso de documento público falsificado y lavado de dinero(arts. 292, 293, 296, 303 y 304 del Código Penal), cuyas penas van hasta seis años (falsificación de documento) y hsta 10 años por lavado de dinero. La denuncia es contra María Eugenia Vidal, presidenta del Partido PRO, María Fernanda Inza, Gabriel Sahonero, Dario Duarte, Esteban Bullrich, Gladys Gonzalez, Hector “Toty” Flores y Graciela Ocaña.

Paralelamente, en el día de hoy, el Dr. Alen, expresó a Info135 que sectores del oficialismo se están presentando  a los benerficiarios de planes sociales y monotributistas para “devolverle” el dinero y ayudarlos a desafiliarse. “Me dicen que están ofreciéndoles a algunos de los que aparecen como aportantes falsos, sabiendo que es gente de pocos recursos y que necesitan dinero, que les devuelven la plata. Eso es una trampa, ya que si aceptás que te devuelvan aceptás que pusiste la plata y entonces no sos un afiliado falso”, resaltó Alén.

Según pública el sitio Info135, este es el durísimo escrito contra el oficialismo de Cambiemos

SE PRESENTAN COMO PARTE QUERELLANTE

Señor Juez:

NOEMÍ VIRGINIA VIERA, titular del D.N.I. 33.489.739, domiciliada en Comodoro Rivadavia 1166, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; SONIA NOEMÍ VILLAN, titular del D.N.I. 29.627.736, domiciliada en Sargento Cabral 1256, Barrio Azul, Bernal, Partido de Quilmes; LUIS OMAR JAIME, titular del D.N.I. 17.681.018, domiciliado en Chaco 664, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; NATALIA TABORDA ROLDÁN, titular del D.N.I. 38.587.294, domiciliada en Pilcomayo 838, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; CINTIA MARIANA MELGAREJO, titular del D.N.I. 29.124.674, domiciliada en Calle 172 n° 2377. E/Bermejo y Pilcomayo, Barrio Iapi, Bernal, Partido de Quilmes; ERICA DANIELA ARAGÓN, titular del D.N.I. 29.812.744, domiciliada en Levalle 1159. Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; NATALIA GRISELDA QUIROGA, titular del D.N.I. 30.454.074, domiciliada en Comodoro Rivadavia 1166, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; ADRIÁN ROBERTO AGÜERO, titular del D.N.I. 33.405.310, domiciliado en Martín Rodríguez 5762, Ezpeleta, Partido de Quilmes;  GLORIA AZUCENA ARANDA, titular del D.N.I. 20.057.273, domiciliada en República de Francia 354, Ezpeleta, Partido de Quilmes; LILIANA GLADYS LEYES, titular del D.N.I. 20.364.524, domiciliada en Ituzaingó 1071, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; BLANCA ROSA RODA, titular del D.N.I. 24.166.664, domiciliada en Ramón Carrillo 4947, Barrio Resistencia, Ezpeleta, Partido de Quilmes; DÉBORA TOVANI, titular del D.N.I. 30.702.742, domiciliada en Falucho 1137, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; y KARINA ELIZABETH MONTOYA, titular del D.N.I. 26 034.092, domiciliada en Chaco 1405, Barrio Itatí, Bernal, Partido de Quilmes; todos los domicilios de la Provincia de Buenos Aires; todas y todos por nuestro derecho; con el patrocinio letrado de los Doctores LUIS HIPÓLITO ALÉN (Tº 28 Fº 311 CSJN, domicilio electrónico 23113610239) y GUILLERMO GENTILE (Tº 67 Fº 248 CFALP) con quienes constituimos domicilio procesal en Calle 37 Nº 1669, La Plata, Provincia de Buenos Aires, en la causa Nº 86148/2018 instruida por la denuncia formulada por la Senadora TERESA GARCÍA, a V.S. nos presentamos y decimos:

OBJETO
Como lo autorizan los artículos 82 y ccdts. del CPP, venimos a presentarnos como parte querellante en la presente causa; y a requerir el esclarecimiento de los hechos que “prima facie” aparecen como constitutivos de los delitos de falsificación de instrumento público, falsedad ideológica en instrumento público, uso de documento público falsificado y lavado de dinero(arts. 292, 293, 296, 303 y 304 del Código Penal), y/o los que en definitiva surjan de la investigación que se produzca, que deberá establecer la responsabilidad que pudiere caber a MARÍA EUGENIA VIDAL, titular del D.N.I. 23. 570.547, Presidenta del Partido Pro (Propuesta Republicana) de la Provincia de Buenos Aires; MARÍA FERNANDA INZA, titular del D.N.I. 22.363.701, GABRIELMAXIMILIANO SAHONERO, titular del D.N.I.31.190.222,DARÍO OMAR DUARTE, titular del D.N.I.36.156.545 (quienes se desempeñan como tesorera y responsables económicos de dicho partido), ESTEBAN JOSÉ BULLRICH, titular del D.N.I. 20.912.380, GLADYS ESTHER GONZÁLEZ, titular del D.N.I. 22.971.764, MARÍA GRACIELA OCAÑA, titular del D.N.I. 14.184.382 HÉCTOR ANTONIO “TOTY” FLORES, titular del D.N.I. 10.920.674 (quienes encabezaron las listas de candidatos a senadores nacionales y a diputados nacionales de la Alianza electoral Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires en los comicios celebrados en octubre de 2017), CARLA SILVIA CHABAN, titular del D.N.I. 35.358.146 y ALFREDO GABRIEL IRIGOIN, titular del D.N.I. 11.170.980 (quienes figuraron como responsables económicos de la campaña realizada por la citada Alianza), y/o los que pudieren resultar coautores, partícipes y/o encubridores de los delitos denunciados.

A los efectos previstos en los arts. 85 y ccds. de la ley procesal, unificamos personería en la persona de NOEMÍ VIRGINIA VIERA.

HECHOS
Como consecuencia de un informe periodístico producido por el periodista Juan Amorin para el sitio web “El Destape”, tomamos conocimiento de la existencia de un listado en el que aparecíamos como aportantes a la campaña de la Alianza “Cambiemos” para las elecciones de senadores nacionales y diputados nacionales de la provincia de Buenos Aires, que se celebraron en octubre de 2017.
Efectivamente, compulsados los listados de aportantes publicados por la Cámara Nacional Electoral, conforme a la información suministrada por la Alianza “Cambiemos”, comprobamos que aparecíamos como aportantes. Esta situación es absolutamente falsa: jamás aportamos dinero alguno para la campaña electoral de la referida Alianza.

NOEMÍ VIRGINIA VIERA figura con aportes por un total de $ 1.950.- (pesos mil novecientos cincuenta); SONIA NOEMÍ VILLAN figura con aportes por $ 2.700.- (pesos dos mil setecientos); NATALIA TABORDA ROLDÁN figura con aportes por $ 2.800.- (pesos dos mil ochocientos), CINTIA MARIANA MELGAREJO figura con aportes por $ 3.000.- (pesos tres mil); ERICA DANIELA ARAGÓN figura con aportes por $ 1.500.- (pesos mil quinientos); NATALIA GRISELDA QUIROGA figura con aportes por $ 1.900.- (pesos mil novecientos); BLANCA ROSA RODA figura con aportes por $ 1.500 (pesos mil quinientos); DÉBORA TOVANI figura con aportes por $ 2.450.- (pesos dos mil cuatrocientos cincuenta); y KARINA ELIZABETH MONTOYA figura con aportes por $ 1.500 (pesos mil quinientos). Todas ellas son titulares de la Asignación Universal por Hijo y de un plan social “Hacemos futuro”.LUIS OMAR JAIME figura con aportes por $ 1.400.- (pesos mil cuatrocientos); LILIANA GLADYS LEYES figura con aportes por $ 2.800.- (pesos dos mil ochocientos). Ambos son titulares de un plan social “Hacemos futuro”; ADRIÁN ROBERTO AGÜERO figura con aportes por $ 3.000.- (pesos tres mil) y hasta febrero de 2016 fue titular de un plan social “Argentina trabaja”, al que renunció al acceder a un empleo formal; GLORIA AZUCENA ARANDA figura con aportes por $ 2.450.- (pesos dos mil cuatrocientos cincuenta), y fue suspendida del plan social “Hacemos futuro” en julio de 2018.

Esta circunstancia ilustra fuertemente las carencias económicas que todas y todos atravesamos y que por sí solas demuestran que no estábamos en condiciones de hacer los aportes que figuran, los que de todos modos, si hubiéramos tenido capacidad económica, tampoco hubiéramos hecho por no tener interés alguno en aportar a campañas electorales.

Como es de público y notorio conocimiento, los aportes que se efectúan para campañas electorales son acreditados al aportante mediante la expedición del correspondiente recibo. En nuestro caso no se nos entregó recibo alguno, por la circunstancia apuntada de que no efectuamos aportes; sin embargo, al figurar nuestros nombres como aportantes, suponemos que también deberían aparecer en la documentación partidaria copias de tales recibos. Y sería lógico que en los mismos aparecieran nuestras firmas, dando constancia de su recepción. Entendemos que será una medida probatoria a cumplir por el Tribunal, obtener y examinar la documentación partidaria, porque estamos absolutamente seguros de que, para el supuesto de existir dicha documentación, las firmas que se nos atribuyen resultan apócrifas y ello podrá demostrarse a través de la correspondiente pericia caligráfica. Los aportes se reiteran tanto para las elecciones de senadores y diputados nacionales, como para la campaña general de la Alianza.

Como si fuera poco el figurar falsamente como aportantes a la campaña electoral de la Alianza Cambiemos, cuando nunca lo habíamos sido, también pudimos constatar que figurábamos como afiliados a partidos políticos, sin que ello fuera cierto. De la simple constatación efectuada en el sitio de la Justicia Electoral, surge que aparecemos como afiliados a un partido político. Extraoficialmente, se nos informó que la afiliación era al Partido Pro (Propuesta Republicana) de la Provincia de Buenos Aires. En los casos de VIERA, JAIME y MELGAREJO se cuenta con la constancia expedida por la Justicia Electoral que da cuenta de las afiliaciones a dicho partido, que son también falsas.
Es claro que las fichas de afiliación a un partido político deben contar con los datos del afiliado, y la firma del mismo en prueba de su voluntad de afiliarse. Como nunca firmamos ficha alguna, requerimos que el Tribunal obtenga las fichas que deberían estar en poder de las autoridades del Partido Pro, para que, nuevamente mediante la pericia caligráfica que se practique, se determine que las firmas no nos pertenecen.

Informaciones periodísticas han dado cuenta de muchos otros casos en los cuales se reproduce el hecho de las falsas afiliaciones y los falsos aportes, a lo largo de los distintos distritos de la Provincia de Buenos Aires, ya desde campañas anteriores. Incluso por sus declaraciones a distintos medios, podemos señalar como presuntas víctimas de la sustracción de sus identidades para hacerlos aparecer como (falsos) aportantes en la campaña del año 2015, a Jorge Más, ex precandidato por la Unión Cívica Radical a la intendencia de Pehuajó, y Daniel García, concejal electo por la Alianza Cambiemos en Avellaneda, que se fue del Partido Pro efectuando denuncias de presunta corrupción.
Según Osvaldo Marasco, ex candidato del PRO en Ituzaingó, hace tres años, se usaron los nombres de candidatos oficialistas para “blanquear” cerca de 40 millones de pesos como “aportes privados” en 81 municipios bonaerenses. Marasco dijo que “El 100% de los aportes son truchos. Lo mismo con las cenas: inventaban una ‘cena de recaudación’ y decían que juntaban plata. Mentira, nadie hacía donaciones. La forma de blanquear la plata fue copiar las listas que mandamos a la junta electoral y ponerles montos de hasta 50 mil pesos”(citado por el portal de noticias https://www.eldestapeweb.com/aportes-truchos-un-arrepentido-conto-la-maniobra-detalles-y-complico-vidal-n46436).

Esto daría cuenta de una práctica usual en dicho Partido (Pro), como método de ocultar quiénes son efectivamente los que aportan para las campañas electorales.

Otra nota publicada en el portal de noticias El Destape, da cuenta de que “La alianza Cambiemos utilizó la identidad de al menos 467 personas pobres que reciben planes sociales y que se encuentran por debajo de la línea de la pobreza, y las hizo pasar como financistas de su última campaña electoral, en una maniobra de lavado de dinero y usurpación de identidad sin precedente”. Y agrega la nota: “Pero eso no es todo: El Destape encontró que los supuestos aportantes también fueron inscriptos como afiliados al PRO, es decir, que también se falsificó su firma para la ficha de afiliación política”. Y termina diciendo que “De esta forma, ya se encontraron 467 beneficiarios de planes sociales de 35 partidos de la Provincia (Quilmes, Morón, La Plata, San Isidro, San Vicente, Avellaneda, Lomas de Zamora, Temperley, La Matanza entre otros) que solo hasta el momento aparecen aportando unos $1.160.225 cuyo origen ahora se desconoce”. La nota es acompañada por las planillas de información publicadas por la Justicia Electoral, como aportadas por la Alianza Cambiemos, en las que todas y todos aparecemos como aportantes (https://www.eldestapeweb.com/se-triplican-los-casos-cambiemos-utilizo-500-personas-pobres-lavar-dinero-su-campana-n45552).

Calificación legal de los hechos
Entendemos que los hechos descriptos encuadran en diversos tipos penales: para hacernos figurar como aportantes, se falsificaron los instrumentos públicos correspondientes a los aportes (artículo 292 del Código Penal), se insertaron constancias ideológicamente falsas en los documentos públicos correspondientes al informe rendido sobre la financiación de las campañas a la Justicia Electoral (art. 293 del Código Penal), se falsificaron nuestras firmas tanto en las constancias de aportes como en las fichas de afiliación (art. 292 del Código Penal), y se usaron los documentos públicos así falsamente confeccionados para acreditar la personería del Partido Pro ante la Justicia Electoral (art. 296 del Código Penal). Asimismo, al ser falso que el dinero aportado provenga de personas que voluntariamente lo entregaron, es presumible el origen ilícito de ese dinero, y que la utilización de nuestras identidades (y las de muchos otros) fue para “lavar” dicho origen ilícito frente a la Justicia, o sea, se han puesto en circulación bienes provenientes de un ilícito penal, por una suma mayor a los $ 300.000 (pesos trescientos mil), de modo tal que los mismos adquieran la apariencia de un origen lícito, ello en beneficio del Partido Pro y la Alianza Cambiemos, ambos personas de existencia ideal (arts. 303 y 304 del Código Penal).

PRESUNTOS RESPONSABLES DE LOS ILÍCITOS
Al presentar sus informes relativos al financiamiento de sus campañas electorales, la Alianza Cambiemos dio cuenta de las autoridades que designó para encargarse de ello. Se trata de MARÍA FERNANDA INZA, GABRIEL MAXIMILIANO SAHONERO, DARÍO OMAR DUARTE, (quienes se desempeñan como tesorera y responsables económicos de dicho partido), CARLA SILVIA CHABAN y ALFREDO GABRIEL IRIGOIN, (quienes figuraron como responsables económicos de la campaña realizada por la citada Alianza). Evidentemente, siendo falso que hayamos efectuado los aportes (tanto nosotros como muchas otras personas), tales autoridades partidarias o bien falsificaron los documentos públicos probatorios de los aportes, o bien insertaron en los informes presentados ante la Justicia Electoral circunstancias ideológicamente falsas, o bien hicieron uso de la falsa documentación para justificar el dinero recibido. También les cabe el haber puesto en circulación bienes provenientes de un ilícito penal, por una suma mayor a los $ 300.000 (pesos trescientos mil), de modo tal que los mismos adquieran la apariencia de un origen lícito, ello en beneficio del Partido Pro y la Alianza Cambiemos.

Ahora bien, respecto de quienes resultaron beneficiarios de tales aportes para sus campañas es por lo menos presumible que conocían el origen espurio de esos fondos. Lo que coloca al menos a ESTEBAN JOSÉ BULLRICH, GLADYS ESTHER GONZÁLEZ, MARÍA GRACIELA OCAÑA, y HÉCTOR ANTONIO “TOTY” FLORES (quienes encabezaron las listas de candidatos a senadores nacionales y a diputados nacionales de la Alianza electoral Cambiemos por la Provincia de Buenos Aires en los comicios celebrados en octubre de 2017)como presuntos implicados en las maniobras delictivas.

Por otra parte, tanto del financiamiento ilícito de las campañas electorales cuanto de nuestras falsas afiliaciones partidarias debe dar cuenta la máxima autoridad del Partido Pro en el distrito, esto es MARÍA EUGENIA VIDAL.

Todos ellos deben ser convocados como presuntos imputados de los ilícitos referidos.

PRUEBA
Como prueba de lo manifestado, y sin perjuicio de otras medidas que se estime correspondan, solicitamos a V.S. que requiera de la Justicia Electoral los informes presentados por la Alianza Cambiemos respecto de los aportantes a las campañas electorales correspondientes a los comicios de octubre de 2017, y las constancias de afiliación a partidos políticos que nos corresponden; asimismo, deberán obtenerse las constancias de los recibos otorgados por los recaudadores a los aportantes, y de las fichas que dan cuenta de las afiliaciones referidas. Con las mismas, y previa la obtención de cuerpos de escritura que prestamos conformidad para efectuar en el momento en que seamos convocados a prestar declaración testimonial, deberán realizarse las pertinentes pericias caligráficas que determinen si las firmas u otras informaciones obrantes en dichos registros corresponden o no a nuestros puños y letras.

También deberá requerir al portal de noticias “El Destape” la remisión de las notas publicadas que guardan relación con los hechos denunciados en esta presentación.

RESERVA
Ante el hipotético supuesto de que V.S. disponga denegar total o parcialmente lo pretendido en esta presentación, hacemos expresa reserva de acudir ante las Instancias Superiores, incluso la Excma. Cámara Federal de Casación Penal, y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de la vía del Recurso Extraordinario, en los términos del art. 14 de la Ley 48, como así también en los supuestos de gravedad institucional y de arbitrariedad.-

Asimismo, dejamos planteada la posibilidad de acudir ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, para el hipotético e improbable caso de que no se haga lugar a nuestros reclamos (conf. Arts. 8, 25 y ccdts. de la Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por Ley Nº 23.054 y dotada de jerarquía constitucional por el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.

HABILITACIÓN
Atento la naturaleza de los hechos denunciados, solicitamos se proceda con habilitación de la feria judicial.

PETITORIO
Por todo lo expuesto, de V.S. peticionamos nos tenga por presentados, por parte en el rol de querellantes, por unificada la personería en la persona de NOEMÍ VIRGINIA VIERA, por efectuadas las reservas mencionadas en el punto VI del presente escrito, y previa intervención fiscal, con habilitación de feria ordene las medidas de prueba sugeridas y las que a su juicio resulten pertinentes, y convoque a prestar declaración indagatoria a quienes figuran como presuntos implicados en las maniobras ilícitas objeto de esta presentación.

Proveer de conformidad

SERÁ JUSTICIA

LUIS HIPÓLITO ALÉN

Abogado

Tº 28 Fº 311 CSJN

CUIT 23-11361023-9

Fuente: Info135

REVOLUCION POPULAR

PUBLICADO EN LANUEVACOMUNA.COM

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