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OFICINA DE ATENCION AL VECINO: SE PUEDE TRAMITAR LA TARIFA SOCIAL ELECTRICA



Se tramita la Tarifa Social Eléctrica en el municipio

Quienes cumplan con los requisitos pueden acercase a la Oficina de Atención al Vecino, área dependiente del Programa de Participación Ciudadana, o a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). El beneficio fue concebido para que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad paguen un precio más bajo por los servicios públicos.

El Centro de Atención al Vecino, espacio dependiente del Programa de Participación Ciudadana de la Municipalidad de Necochea, informa que el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires tiene abierto el registro para aquellos ciudadanos que pretendan ser favorecidos con la Tarifa Social Eléctrica.

A tal fin, quienes cumplan con los requisitos abajo mencionados pueden acceder al beneficio acercándose al área de la comuna, en Avenida 59 al 2137, o a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), en igual domicilio.

Cabe destacar que en nuestra provincia, un usuario encuadrado en la Tarifa Social que consume 150 KWh/mes abona un 70% menos que una Tarifa Residencial de igual consumo; mientras que hasta los 300KWh-mes, ese porcentaje llega al 40%. Después de los 300KWh el descuento sigue disminuyendo a razón de 6% cada 100KWh-mes.

Solo pueden acceder a este beneficio los usuarios que sean:

-Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
-Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
-Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
-Titulares de programas sociales (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
-Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
-Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844) (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
-Titulares de un seguro de desempleo (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
-Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
-Usuarios (o un familiar a cargo) que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.

Mientras que no es posible recibir la Tarifa Social cuando el usuario sea propietario de más de un inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo o vehículos de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad).

Para solicitar la inclusión en el régimen, los interesados deben presentarse de lunes a viernes, entre las 9 y las 13, acompañados por la siguiente documentación:

Factura del servicio eléctrico del suministro para el cual se solicitará la Tarifa Social.
-Fotocopia de DNI del titular del servicio.
-Fotocopia de DNI de quien realiza el trámite (en caso de no ser el titular).
-Documentación que acredite alguno de los criterios de elegibilidad mencionados anteriormente.

PUBLICADO EN LANUEVACOMUNA.COM

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