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¿NO VOTASTE? CONSULTA EL REGISTRO DE INFRACTORES Y DE MULTAS



No votar tiene sus consecuencias


Se encuentra habilitada la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda verificar si se encuentra asentado como infractor. La consulta puede hacerse en el sitio de Internet de la Cámara Nacional Electoral www.electoral.gob.ar.

¿Qué sucede si un elector que votó pierde su troquel?
Los electores que pierdan su troquel o requieran, por algún otro motivo, una constancia que acredite que no se encuentra registrado como infractor, podrán imprimirla del sitio.
¿Cuál es el monto de la multa?
El monto de la multa es $ 50 (cincuenta pesos) para quien no haya votado en las elecciones primarias nacionales (PASO) y tampoco haya justificado la no emisión del voto. Si el elector infractor no vota en las elecciones generales del 27 de octubre y no justifica la no emisión del voto, el monto de la multa asciende -en este caso- a $ 100 (cien pesos). Por lo tanto, aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios, deberán pagar una multa de $ 150 (ciento cincuenta pesos).
¿Cuál es el destino de la multa?
El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a cargo del Ministerio del Interior.
¿Qué debe hacer el elector si figura como infractor y tiene el troquel que acredita que votó?
Si el elector concurrió a votar y posee el troquel que así lo acredita, pero aparece como infractor en la consulta al Registro de Infractores, puede efectuar el reclamo en el mismo sitio de Internet o acercarse a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio o a la Cámara Nacional Electoral, con su documento (DNI – LE – LC) y el troquel.
¿Qué consecuencias tiene ser infractor?
Mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un (1) año.
¿Cómo se paga la multa?
Existen dos vías principales de pago: a través del Banco de la Nación Argentina o por otros medios de pago (tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual).
¿Cómo demuestro que regularicé mi situación mediante el pago de la multa?
Si el infractor hubiese pagado la multa a través del Banco de la Nación Argentina, podrá concurrir al organismo público que se lo requiera con la boleta pagada para demostrar que regularizó su situación o bien esperar que transcurran los dos días hábiles para que se actualice la información en la consulta y luego imprimir la constancia de no inclusión en el Registro de Infractores. Es conveniente que el elector conserve la constancia de pago hasta tanto se actualice su situación en el Registro de Infractores. En el caso de que se hubiese utilizado otra vía de pago, el infractor deberá esperar que transcurran los dos días hábiles para que se actualice la información en la consulta y luego imprimir la constancia de no inclusión en el Registro de Infractores.
¿El infractor puede votar en otras elecciones?
Sí, el voto es obligatorio. Los infractores pueden votar en elecciones nacionales, provinciales y municipales o de la Ciudad de Buenos Aires, si figuran debidamente inscriptos en los padrones respectivos.

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