En un nuevo retroceso para los derechos adquiridos y un golpe contra las minorías más vulnerables, el gobierno de Javier Milei eliminó la protección legal que amparaba a los pueblos originarios para impedir los desalojos de sus tierras ancestrales de propiedad comunitaria.
La medida fue implementada a través del decreto 1083/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial, y pone fin a la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras ocupadas tradicionalmente por comunidades indígenas, establecida mediante la Ley 26.160 durante el gobierno de Néstor Kirchner.
El decreto, firmado por el presidente y gran parte de su gabinete, también deroga el artículo 2 de dicha ley, que suspendía las ejecuciones judiciales y administrativas dirigidas al desalojo de estos territorios.
La controversia por la propiedad de la tierra
La decisión deja a las comunidades indígenas en una posición extremadamente vulnerable, especialmente aquellas que residen en tierras en disputa judicial. A partir de ahora, el Estado podrá fallar en favor de actores privados (nacionales o extranjeros) que poseen títulos de propiedad, incluso en casos donde dichos títulos hayan sido expedidos con posterioridad a los derechos ancestrales.

Esto coloca a cientos de familias bajo amenaza, mientras reclaman sus derechos históricos sobre tierras donde sus antepasados vivieron por generaciones. Muchos de estos territorios fueron fraccionados y transferidos a particulares mediante procesos ilegales llevados a cabo por gobiernos nacionales o provinciales.
El decreto, promovido por Milei y respaldado por el ministro de Economía Federico Sturzenegger, entra en conflicto directo con el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que reconoce “la preexistencia étnica” de los pueblos indígenas en Argentina y garantiza “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”.
La Ley 26.160 había brindado un marco de protección contra desalojos, reafirmando derechos colectivos sobre tierras comunitarias que, pese a ser inalienables según la Constitución, fueron transferidas vulnerando esos derechos.
Con este decreto, la última prórroga de dicha ley, vigente hasta noviembre de 2025, queda eliminada. Según el texto oficial, su continuidad “avasalla los derechos de la ciudadanía y agravia las prerrogativas soberanas del Estado”.
Argumentos del Gobierno
El decreto sostiene que las sucesivas extensiones de la Ley 26.160 facilitaron la proliferación de comunidades indígenas registradas como reclamantes, algunas de las cuales, según el gobierno, no cumplirían con “las mínimas condiciones” requeridas para tales peticiones.
En un tono alineado con discursos que critican a las comunidades indígenas, el decreto las acusa de “usurpar” tierras y de emplear “violencia” para hacerlo. Además, las señala como responsables de “daños ambientales, incluyendo incendios reiterados e intencionales”. Sin embargo, aunque menciona 254 casos judicializados, no aporta detalles ni pruebas específicas al respecto.
“Inseguridad jurídica” según el gobierno
El decreto argumenta que los derechos garantizados por la Ley 26.160 generaban “inseguridad jurídica” y afectaban “gravemente el derecho de propiedad de los legítimos dueños”. Según la visión del gobierno, estos propietarios no son las comunidades indígenas, sino quienes cuentan con títulos privados de los terrenos.
Federico Sturzenegger defendió públicamente la medida en la red X, donde calificó la ley derogada como un obstáculo para la justicia y afirmó que fomentaba “tomas de tierras”. Celebró “la determinación de Javier Milei para poner las cosas en su lugar” y aseguró que el decreto “no disminuye ni lesiona los derechos de las comunidades”, una afirmación que ha sido ampliamente cuestionada por especialistas y organizaciones sociales.
La Naueva Comuna