El juez Alberto Recondo, titular del juzgado 4 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata, rechazó una una acción de amparo en contra de los decretos que dispusieron la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y anuló la medida precautelar de otro juez platense que ordenaba «no innovar» sobre la estructura de ese organismo.
A través del fallo difundido hoy por el Centro de Información Judicial, Recondo convalidó la potestad del Poder Ejecutivo de intervenir ese organismo creado por la Ley 26.522, de Medios Audiovisuales, y de hacerlo a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia.
La medida precautelar había sido dispuesta por el juez en los Contencioso Administrativo Nº 1 de esa ciudad, Luis Federico Arias, quien el 30 de diciembre ordenó al Poder Ejecutivo no «alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia de la Afsca».
«El Poder Ejecutivo Nacional pudo y puede proceder a la intervención de un organismo autárquico descentralizado como lo era el Afsca. No abrigo ninguna duda al respecto», enfatizó Recondo en su fallo, en el que ratificó la competencia federal de la cuestión.
«El Presidente de la Nación es el jefe supremo de la Nación (entendido esto como responsable del Poder Ejecutivo Nacional, bajo la forma republicana de gobierno), jefe del gobierno y responsable político de la administración del país. En ese contexto, por sí solo nombra y remueve a los funcionarios encargados de ejercer la administración central y descentralizada del país, dictando los reglamentos que fueren necesarios», enfatizó el juez federal de primera instancia.
FUENTE: ambito.com