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JUEZ FEDERAL DE NECOCHEA DICTA CAUTELAR Y ANSES DEBE ABONAR PENSION A MENOR. DERIVACIONES

Un acto de justicia 


En un fallo provisorio dictado a fin de diciembre pasado, el juez federal Bernardo Bibel ordenó a la ANSES restituir el cobro total de su pensión. Asimismo, el magistrado deja registrado el pedido del Fiscal de una posible defraudación agravada a la administración pública nacional, falsificación de documentos y violación de los deberes de funcionarios públicos.

Hace unos meses atrás, se hizo pública una denuncia contra la UDAI Necochea en la que se daba cuenta de que mediante una decisión administrativa se estaba perjudicando a un menor su derecho a percibir una pensión por su padre recientemente fallecido. El ente oficial le había reducido el beneficio al niño «en un 71,43% en razón de habérsele otorgado dicho porcentaje del
beneficio a una supuesta concubina (del fallecido) de nombre Gladys Cecilia Dall Ospedalle».

La familia del menor, una vez repuesta de la sorpresiva decisión, realizó los reclamos pertinentes en la delegación local de la ANSES, los que fueron rechazados por funcionarios de la oficina. El camino entonces se direccionó hacia el lado de la Justicia.

Representados por el abogado del foro local Ernesto Povilaitis, la denuncia se realizó en la Fiscalía Federal local por tratarse de una posible irregularidad cometida en un organismo público de la Nación, la ANSES. La investigación comenzó su curso y, con los primeros elementos en mano, el Fiscal Juan Manuel Portela había solicitado al Juez un pedido de Medida Cautelar para la inmediata restitución del haber previsional a favor del menor.


La decisión preliminar
LANUEVACOMUNA.COM tuvo acceso al fallo firmado por el Juez Federal de Primera Instancia de Necochea, Bernardo Bibel el pasado viernes 30 de diciembre de 2016.

En el dictamen, y teniendo en cuenta los primeros elementos reunidos por el Fiscal, el Juez ordenó «el cobro total de su haber previsional-pensión directa» a favor del menor. El mismo día, según consta, la Secretaría del Juzgado envió el fallo a las autoridades de la ANSES para su notificación y cumplimentación.

El Juez no obstante, no accedió a otro pedido del Fiscal, por lo menos en esta etapa judicial. «No se hace lugar a la inhibición general de bienes de Gladys Cecilia Dall Ospedalle (DNI Nº18.160.441) solicitada por el Sr. Fiscal Federal» señala el magistrado en la resolución.

Para el Juez, queda clara «la inexistencia de la relación concubinaria de más de cinco años entre el padre del niño y la Sra. Dall Ospedalle, así como de la clara violación de los derechos constitucionales del menor además del carácter alimentario del beneficio previsional».

En cuanto a la verosimilitud en el derecho, «se encuentra suficientemente acreditado por que los hechos investigados encuadrarían prima facie en un injusto penal» dice el fallo provisorio.


Serios delitos, más que una posibilidad
Los primeros pasos de la investigación pusieron sobre la mesa las irregularidades denunciadas. El Fiscal convocó a los «testigos» que figuraban en el expediente confeccionado en la UDAI Necochea, quienes en sede fiscal desconocieron el asunto, «negando haber sido entrevistados por funcionario alguno en torno a la convivencia» del padre fallecido con quien terminó siendo beneficiaria de la pensión.

El Juez agrega además que «conforme lo dictaminado por el Sr. Fiscal y la calificación escogida por este, los hechos denunciados encuadran en un injusto penal conformando una defraudación agravada por haberse efectuado en perjuicio de la Administración Pública Nacional, así como también la posible comisión de falsificación de documentos públicos y violación de los deberes de funcionarios públicos«.


El trámite investigativo continúa en manos de la Fiscalía y llevará su tiempo antes de ser elevado a la Secretaría en lo Criminal y Correccional del Juzgado Federal. Peor todo indica que es inevitable una imputación y procesamiento de funcionarios de la UDAI Necochea, según se desprende del propio fallo del Juez.


Alfredo Barros / LANUEVACOMUNA.COM

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