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JUBILADOS: PUEDEN OTORGAR PODER A UNA PERSONA FISICA PARA COBRO DE HABERES

Para el cobro de haberes jubilatorios se puede otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria

Los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado para hacer trámites ante la ANSES o cobrar el beneficio previsional. Además, para percibir haberes, también puede apoderar a una entidad bancaria.

La gestión debe hacerse presencialmente en cualquier delegación del organismo.

Para conocer las características y los requisitos de cada uno de estos poderes, los interesados pueden ingresar en el sitio web de la ANSES, sección Jubilados y Pensionados.

Asimismo, la ANSES informa que hoy, 24 de julio, cobran los jubilados y pensionados cuyo haber mensual supera la suma de $3131 y sus documentos terminan en 2 y 3, y los titulares de la Prestación por Desempleo –Plan 1– cuyos documentos finalizan en 2 y 3. El calendario de pagos de todas las prestaciones que abona la ANSES puede consultarse en www.anses.gob.ar.

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