El Gobierno nacional ha reglamentado la implementación del nuevo impuesto a las Ganancias, que fue aprobado por el Congreso de la Nación el pasado 28 de junio como parte del paquete fiscal. Esta medida fue oficializada a través del Decreto Nº 652/24, publicado hoy en el Boletín Oficial.
A continuación, respondemos algunas de las preguntas más frecuentes sobre este nuevo tributo.
¿Desde cuándo se vuelve a cobrar el impuesto a las Ganancias?
El impuesto vuelve a cobrarse a partir de su reglamentación, lo que significa que los salarios de julio (pagados en agosto) estarán sujetos a Ganancias, si corresponde. La ley tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2024, ya que se trata de un impuesto anual.
¿A partir de qué salario se paga el impuesto a las Ganancias?
El mínimo no imponible será de $1,8 millones brutos (aproximadamente $1,5 millones netos) para solteros y $2,340,000 (casi $2 millones netos) para personas casadas con 2 hijos.
¿Todos los trabajadores que superen el mínimo pagarán lo mismo?
No, el impuesto establece una escala progresiva de alícuotas, que va del 5% para los salarios más bajos hasta el 35% para los más altos. Estas alícuotas se aplican sobre la diferencia entre el salario neto del contribuyente y el mínimo imponible.
Por ejemplo, una persona soltera sin hijos que gana $1,9 millones brutos ($1,577,000 netos) tendrá una retención de Ganancias de $4,150, que es el 5% de la diferencia entre el sueldo neto ($1,577,000) y el mínimo imponible ($1,494,000).
¿Cada cuánto se actualiza el mínimo no imponible?
La ley establece una actualización del mínimo no imponible en septiembre, basada en la inflación acumulada en los meses de junio, julio y agosto. A partir de 2025, la actualización será semestral.
Si el impuesto tiene vigencia desde el 1 de enero de 2024, ¿se pagarán 6 meses retroactivos?
No. Los contribuyentes pagarán el tributo a partir de los salarios de julio. Aunque el impuesto a las Ganancias es anual, el paquete fiscal incluye una cláusula que permite al Ejecutivo crear una deducción especial para los meses en que no estuvo vigente (enero a junio inclusive).
Si ya pagaba Ganancias y ahora estoy en una categoría más baja, ¿me devolverán dinero?
Es posible que algunas personas hayan pagado más de lo que les corresponde con la nueva ley. La devolución se realizará según lo determine la AFIP, aunque hasta el 22 de julio, el organismo no se había pronunciado al respecto.
¿Qué deducciones se pueden aplicar y cómo se informan?
Las deducciones son gastos personales que se pueden descontar de la base imponible del impuesto. La AFIP deberá publicar una Resolución General con los detalles de cálculo. Algunas deducciones comunes incluyen cargas de familia, alquiler de vivienda, medicina prepaga, gastos médicos, cuotas de colegios privados, seguros de vida y retiro, donaciones y pagos al servicio doméstico.
¿Con la nueva ley el aguinaldo paga Ganancias?
Aunque la ley incluye el aguinaldo dentro de los montos computables para Ganancias, se establece un mecanismo para que el SAC se incluya en las deducciones, evitando así el impacto en el pago del impuesto.
¿Los bonos y las horas extras quedan exentos del pago?
No. La ley elimina varias exenciones que beneficiaban a los trabajadores en casos de incrementos salariales transitorios por horas extras, bonificaciones y otros beneficios.
¿Qué pasa con los trabajadores de la Patagonia?
Se eliminó el piso diferencial que beneficiaba a los trabajadores de la Patagonia, quienes comenzaban a tributar a partir de salarios un 22% más altos que el resto. Sin embargo, se incorporaron deducciones especiales para algunos ítems salariales del personal de empresas de extracción de hidrocarburos en boca de pozo o en tareas relacionadas con la perforación, terminación, mantenimiento, reparación y producción de pozos petrolíferos o gasíferos.
Con información de Chequeado
Publicado en lanuevacomuna.com