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Estatales vacunados pueden volver a la presencialidad

Asimismo, señala que quienes «habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse a vacunarse o inscriptos no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal, podrán ser convocados a prestar tareas presenciales».

En tanto, se aclaró que en el caso que el trabajador se encuentre en proceso de vacunación en cualquier jurisdicción, «deberá presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción”.

Además, se especificó que el Ministerio de Salud pondrá a disposición la información necesaria a los fines de verificar la situación de las y los agentes alcanzadas/os por esas disposiciones.

El Gobierno bonaerense recordó que en el marco de la disposición del teletrabajo por la pandemia de coronavirus, se exceptuó al personal necesario para garantizar los servicios y actividades que fueron calificados como esenciales o no interrumpibles.

A la vez, se especificó que mediante la Resolución N° 90/2020, Jefatura de Gabinete autorizó a las embarazadas a no asistir a sus lugares de trabajo y estipuló que se consideraba población de riesgo a los mayores de 60 años, las personas inmunosuprimidas, los pacientes en tratamiento oncológico, y las personas con enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, diabetes, obesidad mórbida, insuficiencia renal crónica en diálisis.

Infocielo

Publicado en lanuevacomuna.com

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