RESUMEN DEL ACUERDO SOBRE LA CLAUSULA GATILLO ACORDADA EN ENERO 2018 PARA TODOS LOS EMPLEADOS DE COMERCIO
Se firmó la “Cláusula gatillo” del acuerdo salarial suscripto en Abril 2017 en el marco del C.C.T. 130/75 de Empleados de Comercio. Dicho acuerdo establece un incremento equivalente al 6 %, no acumulativo y remunerativo, calcularse sobre las escalas vigentes al mes de abril de 2017, el cual se efectivizará de la siguiente manera:
– 2 % con los haberes de Enero 2018 con carácter remunerativo, incorporándose a los salarios básicos vigentes en Abril 2017.
– 2 % con los haberes de febrero 2018. , incorporándose a los salarios básicos vigentes en Abril 2017.
-2 % con los haberes de marzo 2018, incorporándose a los salarios básicos vigentes en Abril 2017.
Dicho incremento en virtud del artículo 28 del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 para Empleados de Comercio serán aplicados a los adicionales – art.23),art.30)yart.36).
En caso que la homologación no se haya producido y sobreviniera el pago de los haberes en las fechas legales – fin de mes o dentro de los cuatro días hábiles del mes siguiente – estos deben abonarse igualmente incluyendo en los recibos la leyenda “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo Enero2018” – ver art. 4 acuerdo –
SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE NECOCHEA
FILIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
PERSONERIA GREMIAL NRO. 335