«Con este gobierno se acabó la corrupción»
La CNE aplicó una dura SANCION al #PartidoFE de #MomoVenegas, integrante de la Alianza Cambiemos, por negarse a presentar el informe detallado de aportes para campaña 2015.
Por exigencia de la ley nacional 26.215, los partidos políticos deben someterse a una Auditoría de los Fondos Electorales. Es una práctica que se aplica en la Argentina desde 2007 y es habitual en la mayoría de los países del mundo con el objetivo de brindar transparencia a las democracias. El objetivo, evitar que los partidos políticos se nutran de fondos espurios y que incluso puedan servir de pantalla para el lavado de dinero.
En un reciente fallo, la Cámara Nacional Electoral dispuso recientemente varias sanciones a partidos políticos, varios de ellos pertenecientes al frente oficialista Cambiemos. Las mismas son en cumplimiento de su función de auditoría correspondientes a la rendición de cuentas del uso del fondo anual específico previsto: tantos votos, tanto dinero recibido.
La normativa indica que «el referido órgano de control verifique la veracidad, integridad, exposición, valuación y cumplimiento de la mencionada rendición, la razonabilidad con que ésta expresa los ingresos y egresos del período y los saldos disponibles» para el logro de mayor transparencia electoral.
«Se terminó la #corrupción«: #MomoVenegas viola la Ley y esconde quienes son los aportantes al #PartidoFE pic.twitter.com/Xc44yXK9fg— LANUEVACOMUNA.COM (@LANUEVACOMUNA) 8 de mayo de 2017
La ley
Las autoridades de la Cámara Nacional Electoral publicaron recientemente en la página web del organismo las resoluciones que afectan a varios partidos políticos debido a varias deficiencias en sus respectivas rendiciones de cuentas.
La Ley 26.215 de Financiamiento de los partidos politicos promulgada en 2007, exige la transparencia del «Patrimonio de los partidos políticos. Control patrimonial anual. Campañas electorales. Control de financiamiento de campañas electorales. Sanciones».
En cuanto a las obligaciones de los partidos políticos, señala en su Artículo 23 que «Dentro de los noventa (90) días de finalizado cada ejercicio, los partidos políticos deberán presentar ante la justicia federal con competencia electoral del distrito correspondiente, el estado anual de su patrimonio o balance general y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio, suscriptos por el presidente y tesorero del partido y por contador público matriculado en el distrito. El informe que efectúen los contadores públicos matriculados deberá contener un juicio técnico con la certificación correspondiente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente. Deberán poner a disposición de la justicia federal con competencia electoral la correspondiente documentación respaldatoria. Asimismo deberán presentar una lista completa de las personas físicas y jurídicas que hayan realizado aportes económicos en el período, detallando datos de identificación personal, identificación tributaria, monto y fecha del aporte».
En su artículo 67 se deja expreso que «El incumplimiento en tiempo y forma de la presentación de la información … facultará al juez a aplicar una multa por presentación extemporánea equivalente al cero coma dos por ciento (0,2%), por cada día de demora del total de fondos públicos que le correspondieren a la agrupación política en la próxima distribución del fondo partidario permanente. Transcurridos noventa (90) días, del vencimiento del plazo de que se trate, el juez interviniente podrá disponer la suspensión cautelar de todos los aportes públicos notificando su resolución a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior».
«Con este gobierno se acabó la corrupción»: el #PartidoFE de #MomoVenegas sancionado y no puede recibir fondos públicos para la campaña 2017 pic.twitter.com/M0G3hdTNnI— LANUEVACOMUNA.COM (@LANUEVACOMUNA) 8 de mayo de 2017
El Partido Fe no puede recibir más fondos públicos
Quizás la más dura sanción, antes de la quita de la personería, es la prohibición de recibir fondos públicos. Es una sanción económica pero también moral: ¿Cómo sustenta la legitimidad de representación de los ciudadanos un agrupamiento político que incumple desde el vamos los términos de la ley? ¿Cómo se observa desde la sociedad a un espacio político que se ofrece a la administración de lo público y que antes de asumir cualquier función ya se encuentra inhabilitado para administrar fondos públicos? ¿Si no se transparentan las formas de financiamiento, qué se intenta ocultar? Finalmente, ¿cómo se financian los partidos sancionados con semejante medida?
«Con este gobierno se acabó la corrupción» expresa a viva voz el veterano líder del Partido Fe, hoy ultramcrista, y del sindicato de los peones de campo, la UATRE. Las respuestas las tendrán que dar los dirigentes. La gente en pocos meses tendrá la oportunidad de tomar decisiones.
Alfredo Barros / LANUEVACOMUNA.COM
— LANUEVACOMUNA.COM (@LANUEVACOMUNA) 8 de mayo de 2017