La familia de Melisa apelará la medida
El Dr. Gustavo Raggio, abogado de la familia de Melisa Núñez, informó mediante una conferencia de prensa que el juez subrogante a cargo de la causa impuso un repentino y llamativo cambio de carátula.
Según detalló el abogado, la Justicia calificó el accionar de los empresarios Cañada, dueños de Shipinsuarence S.A. y responsables directos del envenenamiento con fosfuro de aluminio que provocó la muerte de Melisa, como una «figura culposa», en el marco de la Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051.
Esta sugestiva modificación en la carátula indicaría, de modo contrario a lo que revelan los testimonios y registros fotográficos de los vecinos, que «los imputados actuaron con negligencia, imprudencia o impericia», no estando conscientes del riesgo al que sometían a los ciudadanos al volcar los desechos a las vías cloacales.
Raggio declaró que, para la parte querellante, la calificación decidida por la Justicia «resulta negativa y nefasta», ya que tanto «las pericias como las abundantes pruebas testimoniales acreditan que Melisa murió por envenenamiento con productos tóxicos» y que «en el sistema de las cloacas existían líquidos que se correspondían con el veneno».
«Acá existe dolo eventual»
Gustavo Raggio aseguró que la familia de Melisa apelará en búsqueda de un nuevo cambio de carátula del caso, que lo ubique dentro de la figura del «dolo eventual».
«Acá existe dolo eventual porque sabían lo que estaban haciendo», manifestó el abogado, argumentando que «dos personas que hace años que se dedican a lo mismo y manejan este tipo de tóxicos» no habrían nunca decidido derramar el veneno hacia las cloacas.
El quid de la cuestión
La explicación más impactante respecto de este sugestivo cambio de carátula del caso que inculpa a Ernesto y Fernando Cañada por la muerte de Melisa Núñez tiene que ver con la gran diferencia entre las penas contempladas por las figuras en discusión.
Mientras que en la figura culposa «la pena va de meses a dos años», el dolo eventual sostenido por la parte querellante «estamos hablando de una pena que va de 10 a 25 años».
«La figura culposa es ínfima e irrisoria», remarcó Raggio, y argumentó que no sólo no tiene en cuenta la gran responsabilidad que los empresarios tuvieron en torno al fallecimiento de la joven sino también respecto del «riesgo que implica para la comuna» en general.
AUDIO RAGGIO