EN NECOCHEA

DENUNCIAN PENALMENTE AL INTENDENTE ROJAS, FUNCIONARIOS Y CONCEJALES POR LA VENTA DEL CASINO

La denuncia se presentó esta mañana en la UFI local y señala varias irregularidades en la ordenanza votada en el HCD.

Este jueves 5 de noviembre se presentó una denuncia ante la Mesa de Entradas de Fiscalía una denuncia penal hacia el intendente, funcionarios y concejales por la polémica venta del Complejo Casino. La presentación ante la justicia fue realizada por las entidades «El parque no se vende – Asociación Civil», basándose en testimonios aportados por la concejal Felicitas Cabretón.

En la denuncia penal se solicita se investigue la posible comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público con respecto a la aprobación de la Ordenanza y decreto de promulgación del Concurso de Proyectos con Venta de Inmueble para desarrollo urbano en el actual sector Casino y Auditorio, con opción a concesión de uso de espacio público.

Actualmente, el ejecutivo municipal ya inició el proceso licitatorio estando a la venta los pliegos hasta el 30 de noviembre y con fecha de apertura de sobres de ofertas el venidero 9 de diciembre. Todo bien rapidito, a las apuradas como para que no haya tiempo a nada.

 

Las zonas oscuras

Son varios los puntos en que se sustenta la acusación de irregularidades, siendo la más grave la aprobación y puesta a la venta de un predio que no es propiedad de la Municipalidad. En el informe de dominio de la parcela «Circ. XII, Sec. C Frac. 66 Partida 76044» está claramente registrado a nombre de la Provincia de Buenos Aires, no del Municipio de Necochea.

El texto de la denuncia se reproduce a continuación:

Necochea, 5 de Noviembre de 2020

Ministerio Público Fiscal
S/D
María Susana Laborde DNI 13.023.768, con domicilio en calle 20 N° 3558, en representación del El Parque no se vende Asociación Civil en trámite, me presento y digo:

 

1.- PROMUEVEN FORMAL DENUNCIA

Que en el carácter invocado venimos a presentar promover formal denuncia solicitando se investigue la posible comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en los términos del artículo 248 del Código Penal, con respecto a la aprobación de la Ordenanza n° 10239/20 y su decreto de promulgación n° 2127/20 CONCURSO DE PROYECTOS CON VENTA DE INMUEBLE PARA DESARROLLO URBANO EN EL ACTUAL SECTOR CASINO Y AUDITORIO, CON OPCIÓN A CONCESIÓN DE USO DE ESPACIO PÚBLICO.

a.- por parte del Intendente Municipal Arturo Rojas: quien promulgara la Ordenanza través del decreto n°2127/20 con fecha 19 de octubre 2020.

b.- por parte del Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos: Arq. Ricardo Carrera: quien suscribió el pliego de bases y condiciones y el decreto mencionado.

c.- por parte de los siguientes concejales: Hernán Trigo Gutiérrez, Guillermo Horacio Sánchez, Gabriela Góngora, Bartolomé Zubillaga, Luciana Jaime, Gabriela Espinosa, Marcelo Schwartz, Diego López Rodríguez, María Cristina Biar, Miguel Arana, Norma Alí, Gastón Negrín, Rafael Iacono, Alejandro Issin, Maximiliano Delfino y Eugenia Vallota, en virtud de los hechos y circunstancias que se detallan a continuación:

2.- HECHOS:
Que el día 16 de octubre del corriente en la Sesión que se desarrolló en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Necochea, se trató entre otros el proyecto de ordenanza “CONCURSO DE PROYECTOS CON VENTA DE INMUEBLE PARA DESARROLLO URBANO EN EL ACTUAL SECTOR CASINO Y AUDITORIO, CON OPCIÓN A CONCESIÓN DE USO DE ESPACIO PÚBLICO”.

Allí la concejala Felicitas Cabretón quien votó por la negativa a la aprobación fundó la decisión en una serie de irregularidades que sufriría el proyecto, hoy devenida en ordenanza.

Entre las distintas manifestaciones esgrimidas la Concejala puntualizó sobre algunos aspectos que evidenciarían la ausencia de los deberes o recaudos que debieron tener los funcionarios, previo a la aprobación de la referida ordenanza. Entre ellas destacamos algunas.

La primera cuestión que surge como conclusión de la exposición de la edil, es la relacionada a la titularidad de dominio respecto de la parcela mencionada en el Art. 3° de la ordenanza n° 10239/20 inc. c) Circ. XII, Sec. C Frac. 66 Partida 76044 que surge del plano 76-88-69 Según se manifestó, esta parcela no es de propiedad de la Municipalidad de Necochea, la misma pertenecería al dominio de la Provincia de Buenos Aires. En esa parcela se encuentra actualmente el Playón del Casino y la plaza de la Sirena.

EL segundo punto, emerge cuando la concejala cuestiona el Art 5° de dicha ordenanza, tanto por la vaguedad de su contenido como de la falta de afectación clara del producido de la venta de los bienes de dominio público. Llama la atención la aparición en el pliego de un listado de precios a reconocer por las obras que se podrían ejecutar en parte de pago, sin el análisis de los mismos que requieren las leyes que refieren a obras públicas ni porcentajes de actualizaciones explícitos en virtud de los seguros reclamos en ese sentido por las empresas que las realicen. Tampoco hay detalle de las obras a realizar.

Por otro lado, en nuevo apartado objeta el procedimiento para poner en venta tierras de dominio público.

De la ley Orgánica de la Municipalidades (art.159) surge en parte la objeción mencionada. Si bien en el texto de la misma se observan precios desactualizados, debería analizarse si corresponde la excepción, como es el caso, dado que la ordenanza habla de VENTA, y en tal caso si el Jefe de Compras ha tomado intervención tal como lo expresa la norma.

Por otra parte la metodología de tasación dista mucho de tener que ver con lo que responde a una tasación oficial realizada por un ente objetivo que no responda a intereses individuales.

Con respecto a la modificación del Código de Ordenamiento territorial de Necochea – Quequén (código de zonificación / l cuadro de usos, Ordenanza nº 2005/81 y modificatorias), el que también objeta la concejala Cabretón, es evidente que el uso, los indicadores y perfil urbanístico del sector casino, siendo parcela perteneciente al Parque Miguel Lillo deberían mantener su carácter público, y la modificación de la ordenanza 2005/81 debe ser convalidado por las autoridades provinciales competentes (art. 83º del DL 8912/77), máxime que el uso que se le pretende dar es privado, específicamente para viviendas. Asimismo se ponen a la venta calles públicas y espacios verdes públicos (en contradicción a lo indicado en el Art. 60º del DL de la ley 8912/77); ambas observaciones incurren en faltas graves al cumplimiento de los alcances de la normativa provincial.

Objeta la concejala Cabretón, que el Proyecto no contempla una visión integral de política pública, es así que el mismo revela ausencia de planificación territorial bajo metas sostenibles, en particular, con el objetivo de jerarquizar nuestros recursos públicos. Por el contrario la única solución que se ha propuesto al mantenimiento del Casino es su venta, siendo evidente que este gobierno ha desfinanciado totalmente dicho mantenimiento que es de su absoluta responsabilidad no existiendo actualmente partida alguna que lo posibilite.

Se refiere la concejala Cabretón a la necesidad de ámbitos de discusión y consenso en la comunidad previo a tomar decisiones que involucren la enajenación de bienes públicos, dado que es evidente la absoluta falta de participación ciudadana en toda la tramitación de este proyecto de venta, de sus alcances, y de los objetivos que se pretenden cumplir con dicha venta. Tampoco fue posible la presentación de alternativas al proyecto presentado, dado la modalidad del proceder y el exiguo plazo transcurrido entre el anuncio y la ejecución de la presentación en el Concejo Deliberante del Pliego que acompaña el proyecto de ordenanza. Al mismo no pudo acceder la población, no fue publicado, y las modificaciones llegaron a los concejales dos días antes de la votación, tal como lo expusiera el concejal Barrena, quien tampoco aprobó el proyecto.

En síntesis, conforme lo relatado solicitamos se lleve adelante la investigación requerida, para ello y a los fines de corroborar lo citado, solicitamos se requiera a la Municipalidad de Necochea como elemento de convicción, el Acta de la sesión de fecha 16 de octubre de 2020 del Honorable Concejo Deliberante de Necochea.

No obstante ello, facilitamos el link donde se encuentra tanto el relato de la citada Concejala como de los restantes.

 

Por lo expuesto solicitamos:

1. Se tenga por presentada la denuncia

2. Se realice investigación sobre los dichos en la presente,

3. Se tenga por presentada la documental agregada al presente: Copia de

la de ordenanza aprobada el 16 de octubre de 2020, N° 10239/20 , Copia

de la ordenanza promulgada bajo el decreto 2127/20 el día 19 de octubre

4. Reservamos derecho de ampliar.

Saluda atte.-

María Susana Laborde

 

Alfredo Barros / LANUEVACOMUNA.COM

 

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