En Argentina la posesión y el consumo de las hojas de COCA es LEGAL. Según el CODIGO PENAL, en la Ley N° 23.737 sancionada en Setiembre 21 de 1989 y promulgada de Hecho en Octubre 10 de 1989, en el Artículo 15 se expresa que «La tenencia y el consumo de hojas de coca en su estado natural destinado a la práctica del coqueo o masticación, o a su empleo como infusión, no será considerada como tenencia o consumo de estupefacientes».

La coca, que sirve para combatir el SOROCHE o mal de altura y evitar el amodorramiento que causa la falta de oxígeno, se puede consumir sola (masticándola brevemente y haciendo una bola que se mantiene durante horas en la boca) o con BICA, bicarbonato sódico, que acelera su efecto estimulante. También está muy extendido el té o mate de coca, que ayuda también a aliviar los síntomas aunque su efecto es mucho más ligero.
La muña-muña
Las imágenes fueron tomadas por viajeros del noroeste de la Argentina.