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ARBA aclaró el verdadero alcance del fallo de la Corte respecto al sistema tributario

Tras la difusión de un fallo de la Corte Suprema de Justicia que favorece a una empresa en su conflicto con la Provincia de Buenos Aires, y que ratifica un cambio en los impuestos, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) desmintió que esta decisión judicial afecte la recaudación de alícuotas en el territorio gobernado por Axel Kicillof.

La administración encabezada por Cristian Girard respondió al comunicado de la Corte Suprema, que declaró la inconstitucionalidad del sistema tributario que aplica «alícuotas diferenciadas en ingresos brutos para ciertas actividades» en establecimientos productivos radicados en la provincia.

Según el tribunal, el fallo se produjo luego de que la empresa Enod S.A. demandara a la Provincia de Buenos Aires para que se declarara inconstitucionales varios artículos de leyes locales, incluyendo el artículo 39, inciso b, de la ley 11.490, y otros apartados de leyes sucesivas hasta la ley 14.200.

Además, la empresa solicitó que se extienda la declaración de inconstitucionalidad a cualquier otra norma que replique el sistema impositivo cuestionado.

Enod S.A. argumentó que la normativa impulsada por Kicillof «contraviene lo dispuesto en los artículos 9° al 12, 75, inciso 13, y 126 de la Constitución Nacional». Esto se debería a que impone un trato diferenciado en el pago de ingresos brutos según el lugar de producción de los bienes.

La resolución, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, considera que la diferenciación impositiva genera una discriminación que viola el principio de igualdad (artículo 16 de la Constitución Nacional) y afecta la libre circulación comercial (artículos 75, inciso 13, y 126 de la Constitución Nacional).

Esto perjudicaría a «productores externos» en beneficio de los que operan en territorio bonaerense, lo cual motivó la declaración de invalidez del sistema impugnado.

La respuesta de la gestión de Kicillof Fuentes de ARBA informaron a El Cronista que las alícuotas diferenciadas estuvieron vigentes entre 2008 y 2017 mediante un Consenso Fiscal nacional que incentivaba la instalación de empresas en cada territorio mediante la reducción de impuestos a aquellas que producían localmente.

«Si una empresa se establecía en la provincia, se le aplicaba una alícuota reducida como incentivo de ingresos brutos frente a otras firmas de fuera de la provincia», explicaron desde ARBA.

Sin embargo, luego de que las empresas acudieran a la Justicia y obtuvieran fallos a su favor, el sistema diferenciado fue eliminado.

En 2017, antes de la gestión de Kicillof, se estableció un nuevo Consenso Fiscal que prohibió a los fiscos provinciales aplicar esta práctica en todo el país. «En 2018, tanto la Provincia de Buenos Aires como otras jurisdicciones dejaron de hacerlo», afirmaron desde ARBA.

Por esta razón, aclararon que aunque el fallo de la Corte es reciente, no impactará la recaudación en la Provincia de Buenos Aires, ya que desde 2018 no aplican alícuotas diferenciadas.

Finalmente, la administración de Kicillof confirmó que el cobro adicional del anticipo de Ingresos Brutos para grandes contribuyentes a comienzos de año se realizó correctamente y no se verá afectado.

«Esto generó 160 mil millones de recaudación en la provincia y se aplicó a 264 empresas», concluyeron.

Con información de Cronista

Publicado en lanuevacomuna.com

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