Preparan ordenanza para regular venta y fabricación de Cerveza Artesanal
marzo 21, 2018 7:57 am
El concejal Luciano González dialogó con “La Mañana de los Mares” que se emite por Necochea Digital Radio 97.3 y adelantó que están trabajando en la confección de una ordenanza que regule la fabricación y venta de cerveza artesanal.
Para confeccionar estas normativas en los próximos días se convocarán a los fabricantes y vendedores de cerveza artesanal de nuestra ciudad para dialogar, contarles el proyecto y escuchar sugerencias.
En total serán dos normativas una destinada a las fábricas de cerveza y la otra a los comercios que la venden y principalmente despachan en cualquier tipo de envases.
Para quienes fabrican la cerveza artesanal, le indican que se logra la misma, cuando no se utilice en su producción aditivos alimentarios; y se encuentre adicionada únicamente con ingredientes naturales. También se debe tener en cuenta que la elaboración sea de manera manual o semiautomática y aquellos a los que se agregue jugo o extractos de frutas, éstos deberán ser previamente pasteurizados; y la producción, no supere los 20.000 litros anuales.
Luego, la norma indica que “en el caso de venta embotellada, para venta en la misma fabrica o destinada a la venta en locales ajenos a esta, deberán contar con el control y habilitación de la Dirección de Bromatología de la Municipalidad de Necochea, debiendo figurar en la etiqueta de los envases la autorización correspondiente, dicha etiqueta deberá además contener los siguientes datos: Fabricante de la cerveza, RNE, RNPA, Tipo de cerveza, Graduación Alcohólica, Fecha de Vencimiento, entre otras”.
Asimismo quien sólo vende en su comercio deberá tener en cuenta que “los productos a fraccionar deberán: Conservarse en lugares con la temperatura y las condiciones de salubridad que corresponda según lo indique la norma vigente. Los envases deberán estar rotulados con los siguientes datos: Fabricante de la cerveza, RNE, RNPA, Tipo de cerveza, Graduación Alcohólica, Fecha de Vencimiento. En la misma etiqueta deberá constar que el producto fuera envasado en origen y la fecha en que se realizó el mismo.
Más allá de esa cuestiones una de los temas que mas se tendrán en cuenta será la higienización de los envases. Por lo cual en los locales donde se despache esta bebida para llevar se deberán higienizar bien los envases.
En caso de rellenar envases provenientes del cliente (botellones de vidrio – acero inoxidable – o cualquier otro material apto), previo al llenado, el mismo, recibirá un proceso de higiene a fin de asegurar la calidad, inocuidad y conservación del producto. Y en el caso de comercializar el producto embotellado, deberá contar con un sector exclusivo para la pasteurización de los envases y llenado de los mismos, aprobado por bromatología.
Por último, un dato importante es que “se le otorgará un plazo de ciento veinte días (120) contados desde la promulgación de la presente para que los establecimientos que se encuentren comprendidos en la misma se adecúen a esta nueva normativa”.
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